Los trabajadores autónomos deberán realizar sus trámites ante la Tesorería de la Seguridad Social obligatoriamente por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones
Con la publicación de la OM ESS/214/2018, de 1 de marzo, desde el 1 de octubre de 2018, los trabajadores autónomos están obligados a realizar sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por medios telemáticos, facilitando la realización de gestiones, en cualquier momento y desde cualquier lugar las 24 horas del día y los 365 días del año, sin necesidad de desplazarse a las oficinas de la Seguridad Social.
Para cumplir con esta obligación, el trabajador puede elegir dos canales para realizar las gestiones: El Sistema RED (Remisión electrónica de Datos), en el que el autorizado actúa como representante; o bien a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, realizando de esta manera directamente los trámites a través de medios electrónicos.
Si los trámites lo gestiona personalmente, debe disponer de un sistema que garantice y asegure su identidad para poder acceder a todos los servicios disponibles. También se pueden obtener en la Sede Electrónica informes y certificados con plena validez: Informes de cuotas ingresadas, certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, duplicados, etc.
Otra significativa novedad es que a partir del 1 de octubre las notificaciones de la Seguridad Social se recibirán en la Sede Electrónica.
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