Rozaban las diez de la noche cuando Muhamad alias ‘Loquillo’ escuchaba por boca del Jurado la palabra que había rechazado toda esta semana: culpable.
Según el veredicto alcanzado por mayoría (7 votos sobre 2), ‘Loquillo’ es la persona que asesinó al menor Youssef Ikioui y además lo hizo utilizando un arma para la que no tenía licencia, por ello se le acusa de asesinato y tenencia ilícita de armas por los que el Ministerio Fiscal le pide 22 años de prisión.
‘Loquillo’, con la mirada fija en un punto inconcreto de la Sala, escuchó todas las consideraciones que los nueve miembros del Tribunal habían dado por probadas después de una deliberación que comenzó a primera hora de la mañana.
Para estos 9 hombres y mujeres elegidos para ser jueces, no cabe duda de que ‘Loquillo’ es la persona que quitó la vida de un disparo a Youssef, ya que no consideraron “racional” que alguien que “presencia un crimen” se marche del lugar, “se cambiara de ropa en casa”, “no pida ayuda” y además afirme que se “fue de botellón con sus amigos”.
El hecho de que estuviera “diez meses” fugado también ha sido un dato que ha fundamentado la conclusión final de los miembros del Jurado, porque ha sido algo más que un detalle al apuntillar el convencimiento de que es culpable de los hechos.
Para el Tribunal los elementos de convicción atendidos fueron fundamentalmente dos. El primero: la declaración del propio testigo protegido y la comparativa entre las manifestaciones que prestó en sede judicial y las que ofreció en la vista oral. Claramente opuestas y contradictorias.
El segundo: la testifical prestada por videoconferencia por un componente de la Policía Nacional, que fue el que tomó declaración al testigo protegido nada más producirse el asesinato, que sirvió para conocer datos como el estado en el que había hecho la misma (sin coacciones) y su contundencia (identificó sin problemas ni dudas a ‘Loquillo’ del que incluso sabía su otro apodo, Muhamad ‘Gordo’).
“La primera declaración” del testigo protegido “fue recogida a las pocas horas del asesinato”, valoró el Jurado, hallando claras contradicciones con la negativa posterior que mostró en la primera sesión de juicio, cuando hasta en siete ocasiones negó al Fiscal que ‘Loquillo’ fuera el asesino de Youssef.
“La intención de matar fue evidente, sin discusión previa, sin mediar palabra y con un disparo que se dirigió a la cara”, valoraron los miembros del Jurado, sin que la víctima “pudiera defenderse”.
También se tuvo en cuenta la testifical de los médicos forenses que posibilitó conocer que la herida sufrida por Youssef fue mortal de necesidad, lo que demuestra que había una intención de matar con ese disparo, por la zona a la que se dirigió, sin que dejara margen al error.
El hecho de la muerte está directamente relacionado con el empleo de una pistola, careciendo de licencia, por lo que queda probado el delito de tenencia ilícita de armas. El dato de que la ropa encontrada en el registro de la casa de ‘Loquillo’ presentara restos de haber manipulado un arma de fuego ha servido para ratificar aún más la teoría.
Tras conocerse el veredicto y antes de que la Policía procediera al traslado de ‘Loquillo’ a prisión, el Ministerio Fiscal solicitó que, atendiendo a las circunstancias del crimen y a la edad de la víctima, en la posterior sentencia que dicte el magistrado, Emilio Martín Salinas, se le impongan 22 años de prisión. Además aprovechó para pedir la prórroga de la prisión preventiva actual hasta que se conozca el fallo.
Por su parte la Defensa pidió que se aplicaran las penas mínimas para ambos delitos. El Tribunal del Jurado, que fue felicitado por su labor por el magistrado, rechazó la posibilidad de que se solicite un indulto para el culpable.
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