Hace exactamente 1 año, el pasado 8 de noviembre de 2018, la Comisión se manifestaba mediante Dictamen motivado dirigido a nuestro País a cumplir la legislación de la U.E. (Directiva 2008/98), sobre gestión de residuos, que básicamente advierte, que dicha gestión debe realizarse sin poner en peligro la salud humana y el medio ambiente.
Modificadosobraspublicas.com adelantó tanto la primicia de tal situación, como la de ahora, anómalas, y, presumiendo otro posible quebranto económico que pudiera recaer sobre otros Presupuestos afectos.
Un DICTAMEN MOTIVADO es un Procedimiento Formal de dicha Institución, concluyendo que el Estado Miembro no cumple con sus obligaciones, conminándole a ello en un plazo de 2 meses.
Si el Estado Miembro persiste en su postura, la Comisión puede optar por remitir el asunto al TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA.
Suele ser empecinada costumbre de nuestro tripartito estatal, responsable del medio ambiente, en contribuir a convertirnos durante estos últimos años en tricampeones de Europa en sanciones medioambientales.
Aparte de lo anterior, el T.J.U.E. nos sentenció el pasado 15.03.17, en otro “affaire” similar, donde aparecían igualmente otros 61 Vertederos Ilegales.
En la presente ocasión, se nos vuelve a tachar de incumplimiento sistémico y prolongado de obligaciones, y según fuentes cercanas a la Comisión, si las respuestas fehacientes de España, respecto a situaciones de cierre, sellados y regeneración, no pueden pronunciarse sobre ubicaciones exactas de vertederos afectados, ¿CUÁL SERÁ EL REPARTO FINAL EN CUANTO A NÚMERO DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS “PREMIADAS”?