La consejera de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad de Ceuta, Nabila Benzina Pavón, ha publicado en el BOCCE de este viernes 13 de septiembre el decreto por el que se conceden las ayudas a las personas beneficiarias del Bono Social Térmico 2023 (a los beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2022), para lo que “se dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone e interesa el pago”.
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La Ciudad recuerda que el pasado 19 de abril fue publicada la propuesta de resolución para la concesión de ayudas del bono social térmico 2023, por lo que se abrió el plazo correspondiente para proceder a la presentación de cuenta bancaria para ingreso o renuncia de los beneficiarios.
En lo que respecta a los montos de ayuda, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales da cuenta de una asignación vulnerable de 81,48 y de una asignación vulnerable severa de 130,37 euros.
Asimismo, explica que “la gestión y el pago de las ayudas corresponde a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades con Estatuto de Autonomía” y que “a estos efectos, dispone que el Ministerio para la Transición Ecológica, actualmente Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, calculará la distribución territorial del presupuesto disponible en el ejercicio para este fin y transferirá los importes de las ayudas a las Administraciones competentes para su pago”.
Por otra parte, explica que en cada ejercicio son beneficiarios del Bono Social Térmico, según determina el artículo 8 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5
de octubre, “aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior”.
De manera que las distribuidoras eléctricas aportaron la relación de las personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año 2022 “en donde se incluye su grado de vulnerabilidad, zona climática y, en su caso, cuenta bancaria donde tienen domiciliado el pago de los recibos”.
El criterio de distribución de la ayuda del Bono Social Térmico entre los beneficiarios establece que la cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.