Un hombre, cuya identidad responde a las iniciales M.L.M.M., se enfrenta a una sentencia condenatoria de nueve meses de prisión, acusado de incurrir en un delito de abandono de familia recogido en el artículo 229 párrafo primero y tercero del Código Penal Español al no pagar la pensión a sus dos hijos, tal y como así considera el Ministerio Fiscal. En este sentido, cabe destacar que el propio acusado reconoció que sólo afrontó el pago de seis cuotas de 250 euros cada una de ellas, 125 por cada uno de sus dos hijos, y que dejó de abonar más pagos porque actualmente pasa “graves problemas económicos”. La Defensa reforzó el argumento indicando que su cliente no tiene trabajo y que cobra una pensión mínima. Mientras tanto la Acusación Particular se adhirió a la petición elevada por la Fiscalía.
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