La empresa Vías, adjudicataria de la construcción de la promoción de 317 viviendas de Loma Colmenar ubicada enfrente del Hospital Universitario ha recibido el beneplácito necesario para extender dos meses más el plazo de finalización del proyecto, que originalmente se preveía que estuviese finiquitado hace ya casi un año.
La constructora ya solicitó a finales del año pasado a la empresa estatal SEPES, responsable del proyecto, una autorización para ampliar el plazo de ejecución del contrato en unos seis o siete meses por distintas circunstancias.
Ahora la causa de la nueva demora de las obras, que llevarán su conclusión hasta el próximo otoño, en cualquier caso antes de final de año según los plazos que se manejan en la Administración local, es un modificado técnico.
Las casas, una vez terminadas, serán entregadas a la Empresa Municipal de la Vivienda (Emvicesa) de la Ciudad Autónoma, que al final será la encargada de alguna manera de llevar la gestión en la entrega de esta promoción, como sucedió con la anterior, que se encuentra a escasos metros y también junto al Hospital Universitario.
La promoción incluye 204 viviendas de tres dormitorios (seis de ellas adaptadas a personas con discapacidad); 98 de dos dormitorios; 13 de cuatro y dos con un solo. Todas dispondrán de trastero y plaza de garaje propios, existiendo además 49 plazas de aparcamiento adicionales. La superficie comercial consistirá en 16 locales. Esta distribución logrará un equilibrio con la primera promoción, de 170 viviendas, en la que predominan los estudios y viviendas de una habitación.
El proyecto fue adjudicado hace casi tres años con una duración estimada de los trabajos de 24 meses para la construcción en una parcela de 2,5 hectáreas de nueve edificios de viviendas, locales comerciales, garajes y trasteros.
A su licitación, que se abrió el 11 de abril de 2011 con un presupuesto máximo de 35 millones de euros, concurrieron 24 empresas, siendo la propuesta económica de Vías la que presentaba, según argumentan los técnicos de SEPES, un nivel de “rigor y coherencia” más elevado en todos sus apartados, así como “un exhaustivo grado de desarrollo”. Su precio, 30,5 millones IPSI incluido.
Una parte del convenio con el Estado de 2007
Esta promoción de viviendas protegidas está incluida en el convenio que en 2007 se firmó por parte del entonces Ministerio de Vivienda con la Ciudad Autónoma de Ceuta mediante el cual el Estado, a través de SEPES promovería la construcción de 600 viviendas protegidas para arrendamiento en Loma Colmenar, con el fin de atender a la carencia de viviendas para un sector de la población con bajo nivel de renta. En el citado Acuerdo se disponía que la gestión del Plan, en la parte correspondiente al Ministerio de Vivienda, se llevaría a cabo a través de la Entidad Pública Empresarial de Suelo del Estado, SEPES.
Condiciones de acceso a viviendas protegidas en la ciudad
El Reglamento de Adjudicaciones en materia de vivienda de Ceuta, aprobado en 2006, establece que no podrán tener acceso a Viviendas Protegidas de Promoción Directa (VPPD) o Privada (VPPP) aquellas personas que ya hayan sido titulares o adjudicatarios de otra casa de ese tipo “y la hubieran enajenado o renunciado a ella” o “que la hubieran vendido durante el plazo de un año inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes”.
Tampoco los ciudadanos que sean titulares de otra vivienda en propiedad “cuando la cuota que les corresponda de su valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, exceda del 40% del precio máximo de venta de la VPPD de la que vaya a ser adjudicatario”.
Las viviendas se destinarán “a domicilio habitual y permanente del adjudicatario o del adquirente” y “salvo por motivos justificados”, según la normativa vigente, los propietarios no podrán transmitir las viviendas ‘ínter vivos’, ni ceder su uso hasta transcurridos cinco años desde la fecha de formalización del contrato de compraventa en el caso de Promoción Directa, y siempre que previamente se haya hecho efectiva la totalidad de las cantidades aplazadas, o diez años desde la formalización del préstamo convenido en los demás casos”.
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