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La Seguridad Social explica el nuevo convenio para los discapacitados

La directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Miriam Rodríguez Marín y el director administrativo de la entidad, José García Rubio, fueron los encargados ayer de explicar a varios representantes de diversas asociaciones que trabajan con colectivos de discapacitados en Ceuta, los pormenores del Convenio Especial para personas con discapacidad. Durante la jornada divulgativa, en la que estuvo presente el director provincial del Imserso Alfonso Grande, se quiso dejar claro el objetivo del convenio en el que se trata de asegurar el acceso de las personas que pueden ser beneficiarias del mismo a una modalidad de cotización que cubriría las prestaciones en caso de jubilación, muerte o accidente de esa persona. “Estamos hablando de un ámbito reducido de personas y la propuesta de divulgar el nuevo convenio viene directamente del secretario general de la Seguridad Social que ha impulsado otras jornadas en el resto del país”, apuntó Rodríguez.
Puesto en marcha el pasado mes de marzo, el convenio forma parte de un conjunto de políticas para incentivar el empleo entre este colectivo en concreto y podrán suscribirse al mismo las personas que cumplan los siguientes requisitos:    Ser mayor de 18 años y menos de 67 años de edad o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. Que estén afectadas por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% para las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual o al 65% para las personas con discapacidad física o sensorial.
Además no deben figurar en alta o en situación asimilada  a la de alta en ningún régimen del Sistema de la Seguridad Social, ni en cualquier otro régimen público de protección social. Figurar inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo y no haber estado ocupado por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del convenio especial y por último no ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente.

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