La nueva tarjeta sanitaria se podrá usar en todas las autonomías

Cuatro millones de españoles reciben cada año asistencia en una comunidad distinta a la suya. Todos los ciudadanos usuarios del Sistema Nacional de Salud dispondrán de una tarjeta sanitaria individual con una serie de datos básicos y un código de identificación personal que permitirá que sea interoperable en todas las comunidades autónomas. De este modo, se da cumplimiento a la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), de 2003, que establece que los ciudadanos tienen derecho a recibir por parte del servicio de salud de la autonomía en la que se encuentre, la asistencia sanitaria en las mismas condiciones y con idénticas garantías que los ciudadanos residentes en esa región. Se estima que cuatro millones de españoles reciben cada año atención sanitaria en una comunidad autónoma distinta a la suya.
Así lo acordó ayer el Consejo de Ministros, que aprobó el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, y el cual regula la tarjeta sanitaria individual.
Las actuales tarjetas se sustituirán con motivo de su renovación por cualquier causa y el proceso estará finalizado antes de cinco años, comunicó ayer el Ministerio de Sanidad.
El Real Decreto aprobado ayer es fruto del acuerdo de todos los consejeros de Sanidad autonómicos, que el 29 de febrero de 2012 dieron el visto bueno a la propuesta de criterios básicos de formato de la tarjeta sanitaria del SNS. De este modo, además, se cumple lo estipulado en el Real Decreto-Ley 9/2011, en el que se recoge que el Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, “establecerá el formato único y común de tarjeta sanitaria válido para todo el SNS”.
Las tarjetas incluirán una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal. Los datos básicos a incluir en el anverso de la tarjeta sanitaria son la identidad institucional de la comunidad autónoma o entidad que la emite; los rótulos de ‘Sistema Nacional de Salud de España’ y ‘Tarjeta Sanitaria’; el código de identificación personal asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta; nombre y apellidos del titular de la tarjeta; código de identificación personal único del SNS; y el código de la administración sanitaria emisora de la tarjeta.

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