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La Junta de Personal Docente exige suspender las órdenes verbales a los orientadores

La Junta de Personal Docente No Universitaria ha remitido a Cecilio Gómez, director provincial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECyD), un documento en el que traslada su preocupación por la “inexistencia de normas sobre la incardinación” de los orientadores en las Unidades de Orientación, “en lo relativo a sus derechos y obligaciones”. La implantación del nuevo modelo de orientación educativa, amparada en la orden ministerial que extinguía el equipo de Orientación Educativa Psicopedagógica, y creaba las Unidades de Orientación en los Colegios de Educación Infantil y Primaria, “se está llevando a cabo de manera lenta y desordenada”.
Esta situación está ocasionando “no pocos problemas” en los centros educativos de Infantil y Primaria en los que, siguiendo unas “vagas instrucciones verbales” por parte de los servicios de Inspección, cada director hace una “interpretación personal” sobre cómo proceder, alertó este organismo de representación del profesorado. A este respecto, el colectivo docente consideró “conveniente agilizar el cumplimiento del compromiso asumido por parte de la Dirección Provincial con la Junta de Personal Docente”.
Aunque ninguno de los acuerdos se ha materializado aún, añadió este organismo, se están dictando instrucciones verbales por parte del Servicio de Inspección para que se adopten decisiones en los centros “sin haber clarificado previamente tan atípica situación”. Insistió en que considera incorrecto dictar normas verbales sobre un asunto de esta trascendencia, “y aún menos sin documentar los fundamentos legales de estas indicaciones”, sentenció. A partir de este planteamiento, exigió a la Dirección Provincial que adopte las decisiones pertinentes para “dejar en suspenso las instrucciones verbales” dictadas a los directores de los centros por parte de Inspección hasta que no se resuelvan dos cuestiones pendientes
La propuesta de los representantes sindicales del profesorado consiste, por una parte, en perseguir la dotación de la documentación administrativa correspondiente a cada uno de los funcionarios que han sido destinados provisionalmente a los centros (nombramientos y/o toma de posesión). Y por otro lado, remitir a los CEIP unas normas que recojan los derechos y obligaciones de los orientadores y los aspectos básicos de organización y funcionamiento de las Unidades de Orientación en los mismos, sustentados en la legislación vigente.

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