Categorías: Tribunales y justicia

La Jefatura Superior de Policía modifica la orden de trámite con los detenidos

Se varía la polémica 158/15 que fue cuestionada por el Defensor del Pueblo, la CEP y el SUP, al obligar a mantener a los detenidos el fin de semana en los calabozos. La decisión se deja ahora en el tejado judicial.

El jefe regional de Operaciones, comisario de la Jefatura Superior, ha firmado una nueva orden de servicio que viene a modificar la polémica 158/15 referente al trámite y puesta a disposición de los detenidos. Una orden contra la que se habían posicionado públicamente los sindicatos CEP y SUP, los únicos que trasladaron de forma verbal o por escrito las quejas a la Jefatura puesto que su aplicación no hacía sino crear una mayor inseguridad jurídica a los agentes. No solo la queja había anidado en el ámbito sindical. El Defensor del Pueblo emitió una recomendación, de la que se hizo eco El Faro el pasado 15 de mayo, en la que instaba a la Policía Nacional a cambiar de procedimiento en cuanto a la puesta a disposición de los detenidos ante la autoridad judicial, instando a que la misma no durara más del tiempo estrictamente necesario para practicar las diligencias integrantes del atestado policial.
¿Y qué decía la orden 158/15 que ahora ha sido modificada y transformada en la 79/2016? Según la norma ya variada por la propia Jefatura que la ideó, los detenidos por la Policía Nacional que se practicaban los sábados o domingos no podían pasar a disposición del juez una vez que se habían practicado todas las diligencias integrantes del atestado policial, sino que debían permanecer en los calabozos a la espera de ser conducidos el lunes.
Los policías, obligados a mantener el fin de semana a los detenidos, habían trasladado a sus sindicatos de referencia, el SUP y la CEP, esta inquietud.
Con fecha de 16 de mayo, la Jefatura ha modificado la orden puntualizando que en los días laborables “se procederá” como indicaba la anterior orden, es decir, de forma rutinaria trasladando al detenido al juzgado nada más terminarse el atestado. En domingos y festivos, que es cuando podía generarse esa inseguridad jurídica temida por los policías, es donde se producen los cambios.
Así, de acuerdo con la 79/2016, la responsabilidad sobre qué se hace con esos detenidos se trasladará directamente al tejado judicial, ya que se ordena que el jefe de la ODAC traslade a primera hora de la mañana vía telefónica al juez de guardia los datos filiatorios de los detenidos así como los motivos de su puesta a disposición, siendo la autoridad judicial la que deberá determinar lo que convenga hacer y no el policía, como estaba ocurriendo hasta el momento.
Además se hace constar que la comunicación mantenida con su señoría quedará recogida en el Libro Oficial de Telefonemas de las dependencias policiales. En caso de que haya que proceder al traslado de los detenidos, será el jefe de la ODAC el que se lo comunique a Seguridad Ciudadana coordinándose dicha operación a través de la Sala.
Tanto la CEP como el SUP se han congratulado del cambio producido agradeciendo la labor que han desarrollado los delegados de ambos sindicatos de la ODAC, ya que de esta forma se consigue seguridad jurídica para los agentes de la guardia, retirándose la efectividad de una orden que nació marcada por la polémica. La 158/15 había sido supuestamente acordada en una reunión entre los jefes de Policía Judicial y Seguridad Ciudadana con el beneplácito del Juez Decano además de los jueces de instrucción. La CEP, en una de las reuniones cuatrimestrales, reclamó que dicha orden se presentara firmada por el ámbito judicial algo que, tras prometerse, nunca se llevó a cabo hasta que, ahora, se ha modificado.
El propio Defensor advertía de que “teniendo en cuenta lo dispuesto en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 17.2 de la Constitución,  así como la doctrina del Tribunal Constitucional” había que modificar el procedimiento seguido.
Si los agentes se negaban a cumplir la orden se podían enfrentar a la amenaza de un expediente, lo que no hizo sino generar mayor inquietud entre la plantilla.
Ni la Jefatura ni la Delegación del Gobierno han hablado sobre este asunto ni sobre el cambio dado.

LOS HECHOS

Orden de servicio
La 158/15
Se presenta como nueva forma de actuar con los detenidos y en base a la misma se ordena a los policías que los detenidos a partir del sábado no sean trasladados al juzgado hasta el lunes aunque se haya terminado el atestado.

Temores
Entre agentes
Muchos policías ponen en conocimiento de la CEP y el SUP su temor a que puedan ser denunciados si una persona es obligada a permanecer un fin de semana en comisaría a pesar de que el atestado esté terminado y no haya nada que investigar. Un temor que se acentúa por el hecho de que si se niegan a acatarla se pueden enfrentar a un expediente. Y no hablan sin fundamento, ya que hay un precedente con un agente.

Reclamaciones
De todos
CEP y SUP piden explicaciones vía verbal y escrita. Nadie se las da. La orden no tiene un sello judicial que permita dar garantía a los policías para que, de haber una denuncia, tengan su respaldo. El Defensor emite una recomendación.

Cambios
La 79/2016
Sin explicación alguna, se ha comunicado otro cambio.

La denuncia pública, hasta del Defensor
La inseguridad jurídica que podían sufrir los agentes fue puesta de manifiesto en el reportaje que este medio publicaba el pasado 15 de mayo sobre las consecuencias de la orden ideada por la Jefatura. CEP y SUP protestaron, el Defensor emitió una recomendación.

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