La instrucción del ‘caso Emvicesa’ no consume plazos bajo secreto

La legislación limita a medio año o 18 meses el plazo para las diligencias de las causas según sean o no “complejas”

La instrucción de lo que empezó siendo el ‘caso lista fantasma’  cuando el Gobierno de la Ciudad puso en manos de la Justicia la filtración de la supuesta lista de adjudicatarios de las 317 VPO de Loma Colmenar y que va camino de convertirse en el ‘caso Emvicesa’ a tenor de la amplitud de las diligencias que ha tramitado y sigue gestionando y solicitando el Juzgado competente, no consumirá plazos límite para finalizar mientras permanezca bajo secreto de sumario, como está desde hace ya más de un año.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal operada por Ley 41/2015 impuso controles y límites temporales a la instrucción con el objetivo de “circunscribirla exclusivamente a la práctica de las diligencias necesarias para la preparación del juicio, dejando para el plenario el desarrollo de la auténtica actividad probatoria”.
El modelo que se introdujo fija un plazo general máximo de medio año que se eleva a 18 meses cuando la instrucción es declarada “compleja”. El sistema de prórrogas es aplicable exclusivamente a estas últimas, de forma que pueden prorrogarse por un plazo de hasta 18 meses. Además, en ambos tipos de causas (ordinarias y complejas) es posible fijar un nuevo plazo máximo para la finalización de la instrucción “cuya duración no se especifica”.
No obstante, el apartado tercero del artículo 324 de la norma prevé la interrupción del cómputo de los  plazos durante el tiempo en que las actuaciones estén declaradas secretas, reanudándose el cómputo por el plazo que reste cuando se alce el secreto, según han destacado fuentes judiciales a ‘El Faro’.
La instructora del caso de la ‘lista fantasma’ decretó el secreto de sumario sobre las diligencias el 10 de octubre del año pasado después de escuchar, entre otros, al viceconsejero de Vivienda, Antonio López, el único citado en calidad de investigado, en su caso por un presunto delito de prevaricación administrativa.
Por los Juzgados han pasado también los miembros de la Comisión Local de la Vivienda y el personal de Emvicesa y ya se ha escuchado a cerca de media docena de ciudadanos declarar que desembolsaron dinero por hacerse con casas de promoción pública en la ciudad autónoma. “No comprometer el resultado de la investigación” La última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal concretó que el juez instructor puede, a propuesta del Ministerio Fiscal, de cualquiera de las partes personadas o de oficio, declarar “total o parcialmente secreto para todas las partes personadas” y “por tiempo no superior a un mes” un sumario cuando resulte necesario para: a) evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona; o b) prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso. Se puede prorrogar “siempre que subsistan las causas que la motivaron”. Las diligencias se extienden a otras promociones anteriores La instrucción de las diligencias abiertas a instancias del Gobierno de Ceuta tras la filtración de un supuesto listado de adjudicatarios de las 317 VPO de Loma Colmenar ha ido ampliándose con el paso de los meses, la acumulación de documentación y la toma de declaraciones hasta amenazar con convertirse en una causa general sobre cómo se han gestionado las promociones de viviendas protegidas en la ciudad durante las últimas legislaturas.
Pese a que reconocer el pago de dinero para conseguir una casa de esa naturaleza supone una autoinculpación, dos personas confesaron en primavera en sede judicial que habían desembolsado 20.000 euros, a razón de 5.000 por casa, para hacerse con una y tres viviendas, respectivamente.
Durante los últimos meses el Juzgado ha acumulado más testimonios en esa misma dirección, según las fuentes consultadas por este periódico.
La instructora también se ha interesado por conocer al detalle las circunstancias del listado de personas que Antonio López aportó como acreedores de “compromisos” adquiridos por la Administración local, pero también por otras promociones al margen de la sorteada la Navidad pasada.
El secreto del sumario deberá alzarse necesariamente con al menos diez días de antelación a la conclusión del mismo.    

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