Categorías: Tribunales y justicia

La Fiscalía propone archivar dos causas del Tribunal de Cuentas contra Castañeda

El Tribunal de Cuentas apreció presuntas irregularidades graves en ocho contratos de 2008 y 2009. El Ministerio Público exime al ex consejero de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

La Fiscalía de Ceuta apoya la petición de sobreseimiento que ha propuesto la defensa del ex consejero de Medio Ambiente del Gobierno local, Gregorio García Castañeda, sobre las diligencias abiertas a instancias del Tribunal de Cuentas (TCu) en el Juzgado de Instrucción número 1 de la ciudad autónoma por los presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias en la gestión de algunos contratos públicos.
Según ha podido saber este periódico, las investigaciones tienen su origen en el informe de fiscalización de las cuentas de la Ciudad Autónoma de los ejercicios 2008 y 2009. En él, el máximo órgano fiscalizador de las cuentas de los órganos públicos detectaba irregularidades graves en hasta ocho contratos administrativos concertados por diversas consejerías que dieron lugar a diversos procedimientos penales al estimar la Fiscalía del Tribunal de Cuentas que dichas actuaciones administrativas podían ser constitutivas de un delito de prevaricación administrativa o de tráfico de influencias por haberse elegido unilateralmente y contratado con ciertas empresas a sabiendas de que con ello se vulneraban, presuntamente, "las más elementales normas de la contratación administrativa impidiendo la concurrencia en condiciones de igualdad y publicidad de otras ofertas".
Los contratos relacionados con Castañeda que levantaron las suspicacias del Tribunal fueron los de 'Gestión del servicio público de recogida, almacenamiento y transporte marítimo terrestre de neumáticos fuera de uso' (adjudicado a 'Ecoceuta') y de 'Implantación de red de radiocomunicaciones Tetra'.
En el primer caso, tras escuchar declarar en calidad de imputados tanto a Gregorio García Castañeda como a su hermano, el Ministerio Fiscal ha concluido que "no existen indicios delictivos en torno a la perfección de dicho contrato" porque entiende "acreditado" que el ex consejero "no tuvo participación alguna en su calidad de viceconsejero de Equipamientos Urbanos y Barriadas o posteriormente como consejero de Servicios Comunitarios y Barriadas en ninguna de las fases o trámites de la contratación administrativa que acabó adjudicando el mencionado contrato la empresa de su hermano".
"No existiendo intervención alguna del investigado en el procedimiento administrativo que concluyó con la adjudicación y no existiendo otras empresas que disputaran a 'Ecoceuta' el otorgamiento, la contratación administrativa", opina la Fiscalía, "cumplió los requisitos establecidos legalmente sin que haya el más mínimo indicio de la comisión de un delito de prevaricación administrativa ni de tráfico de influencias por parte de los investigados".
A su juicio "el procedimiento respetó plenamente los principios de igualdad, publicidad y libre concurrencia, publicándose en el BOCCE la oportuna oferta, a pesar de lo cual ninguna otra empresa, local o no, compitió para hacerse con el referido contrato".
Finalmente, sobre la red Tetra el Ministerio Público acepta que el "retraso y demora" en la ejecución del contrato que vio como irregularidad el Tribunal de Cuentas fue debido "a la necesidad de instalar un repetidor en terrenos propiedad del Ministerio de Defensa, lo que exigió los oportunos permisos y autorizaciones por parte de dicha administración estatal".

"No puede confundirse ilegalidad administrativa con prevaricación"

La Fiscalía opina que tras la práctica de las diligencias de instrucción "necesarias para el completo conocimiento de los hechos denunciados" no existen en los supuestos revisados "indicios en grado de probabilidad suficiente para considerar justificada la perpetración del delito y acordar la continuación de las actuaciones". En su exposición, el Ministerio Público subraya que no puede confundirse "ilegalidad administrativa" con "el delito de prevaricación" y que no basta que una resolución sea contraria a Derecho para que constituya delito: "La injusticia que se predica de la resolución prevaricadora es que sea evidente, patente, flagrante y clamorosa, que suponga un ejercicio arbitrario del poder y que se dicte caprichosamente".
Los recelos del Tribunal de Cuentas
El Tribunal de Cuentas revisó expresamente 19 contratos adjudicados durante el ejercicio 2008 por un importe de 40,4 millones de euros y 16 adjudicados durante 2009 con un importe total de 80,4 millones. Detectó "irregularidades graves" en hasta ocho contratos administrativos concertados por diversas consejerías, dando lugar a diversos procedimientos penales en los diferentes juzgados de Ceuta que tenían por objeto cada uno de dichos contratos administrativos, entre ellos los dos relacionados con García Castañeda cuyas actuaciones se propone sobreseer desde la Fiscalía.
En varios expedientes, el órgano fiscalizador apreció que no constaban "los preceptivos informes razonados de los servicios promotores exponiendo la necesidad para el servicio público de las prestaciones objeto de los contratos". En otros tampoco se había aportado la preceptiva memoria con "el objeto de las obras, con los antecedentes y situación previa a las mismas, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada". Tal carencia le pareció "especialmente grave" en casos como los de los estacionamientos subterráneos del 'Plan Aparca' o con la rehabilitación del antiguo acuartelamiento del Teniente Ruiz como Campus por su millonaria cuantía.
Igualmente deficitaria como justificación le parece al Tribunal que la necesidad de ciertos gastos se fundamente "en la asunción de competencias por la Ciudad Autónoma" o en otras circunstancias "igualmente genéricas" como por ejemplo el "menor coste para las arcas de la Corporación" sin que se hayan aportado "estimaciones, datos o presupuestos que lo acrediten".
La Ciudad también habría recurrido a la contratación por emergencia más allá de lo admisible cuando esta tramitación anormal "sólo puede admitirse con un criterio estrictamente restrictivo, cuando sea indispensable para hacer frente a un acontecimiento imprevisible, que revista una extraordinaria gravedad y cuya solución no pueda lograrse mediante alguno de los restantes procedimientos previstos en la Ley".
"Los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberían establecer los criterios de adjudicación con mayor claridad y concreción, así como especificarse también los métodos o formas de asignación de las puntuaciones de los correspondientes baremos de forma que todas las empresas interesadas puedan conocerlos para preparar las ofertas y regularse la apreciación de temeridad en las bajas como una presunción a resultas de las justificaciones de las bajas que los licitadores puedan presentar y en función de las bajas medias", reclamó el Tribunal.

Entradas recientes

Saga Cruises repite escala con su crucero ‘Spirit of Discovery’

La compañía británica Saga Cruises repite escala en el Puerto de Ceuta. Es la segunda…

01/10/2024

Cruz Roja sale a la calle para sensibilizar sobre las personas mayores

Cruz Roja ha salido a la calle este martes para celebrar el Día Mundial de…

01/10/2024

Incautados 730 kilos de Hachís en el puerto de Tanger-Med

Un alijo de 730 kilos de hachís. Eso es lo que han incautado las autoridades…

01/10/2024

La Real Sociedad Pantera denuncia el estado de su pista deportiva

La Real Sociedad Pantera de Ceuta es un club que ama al fútbol y que…

01/10/2024

¿Cómo actuar ante posibles estafas en Wallapop?

Las ciberestafas se encuentran a la orden del día y cada vez son más los…

01/10/2024

La UNED convoca una plaza de becario para la biblioteca

La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) en Ceuta ha anunciado la convocatoria de…

01/10/2024