La enmienda introducida por el diputado ceutí Francisco Márquez para que se elimine el tope de 430 euros para que los residentes en Ceuta puedan solicitar el no pago del IVA, pero tampoco abonen IPSI, se introducirá en el proyecto de ley de Medidas de Apoyo al Emprendedor y de Estímulo al Crecimiento y a la Creación de Empleo.
Textualmente dice así: “Se modifica el artículo 9 de la Ley 8/1991 de 25 de marzo por la que se aprueba el Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y de Melilla, quedando redactado en los siguientes términos:
Artículo 9. Exenciones en importaciones de bienes.
Las importaciones definitivas de bienes en las ciudades de Ceuta y Melilla estarán exentas en los mismos términos que en la legislación común del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en todo caso, se asimilarán, a efectos de esta exención, las que resulten de aplicación a las operaciones interiores.
En particular, en las importaciones de bienes en régimen de viajeros la exención se aplicará en los mismos términos y cuantías que los previstos para las importaciones de bienes en régimen de viajeros en la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido. Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán, en sus respectivas Ordenanzas Fiscales, reducir dicha cuantía, si bien, la mínima resultante no podrá ser inferior a 90,15 euros”.
La propia justificación que ofrece el diputado en su defensa de la medida es que es necesario armonizar las referidas exenciones con la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido en particular en relación a los límites cuantitativos de las mismas.
De esta manera se vuelve al sistema que estaba en vigor hasta primeros de año en que se produjo esta situación que no solamente preocupaba el Gobierno del presidente Vivas por lo que podría suponer de pérdida de recaudación, sino también en relación con la preocupación de los comerciantes ceutíes, debido a que era una puerta abierta a los ceutíes para que compraran fuera de la ciudad.