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La defensa de los guardias imputados hará valer la ilegalidad de las escuchas

Por Ignacio Masel
16/05/2010 - 10:08
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Los informes de los abogados que defienden a los agentes de la Benemérita acusados de cohecho y prevaricación irán en esta línea buscando la nulidad de las pruebas.

En toda historia judicial siempre hay dos versiones: la que intenta hacer valer la acusación y la que defienden los acusados. Y así los letrados de los seis guardias civiles que fueron detenidos en 2003 por Asuntos Internos acusados de un presunto cohecho y una prevaricación continuada -por lo que se enfrentan a cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación- están trabajando ya en perfilar los informes con los que harán valer la inocencia de sus patrocinados. En esa búsqueda de argumentos prevalecerá los intentos por lograr que el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial -órgano competente para juzgar a los guardias- anule la principal prueba por la que estos funcionarios se tendrán que sentar en el banquillo como acusados: las escuchas telefónicas. La teoría del árbol de los frutos envenenados, que ya sirvió para dejar en libertad a varios presuntos narcos detenidos por la Policía Nacional, se volverá a poner de manifiesto a finales de este año o principios del próximo, fecha en la que está prevista la celebración del juicio en el que más guardias civiles figuran como imputados.
Según las estimaciones iniciales de las defensas, las escuchas telefónicas -que llenan más de cinco tomos- constituyen, en su origen, una prueba contaminada al atentar contra el derecho constitucional de cada uno de los detenidos a mantener el secreto en las comunicaciones. Eso es lo que harán ver al tribunal en un caso en el que las detenciones de los agentes del Instituto Armado fueron en cadena, deteniéndose de manera gradual a distintos efectivos al aparecer sus identidades en las escuchas practicadas.
De hecho, tal y como informó la semana pasada ‘El Faro’, hubo más escuchas practicadas a otros guardias que figuraron en la causa como sospechosos pero que nunca fueron detenidos. A estos agentes se les estuvieron realizando pinchazos telefónicos durante meses, atentando contra un derecho constitucional, sin que después se obtuvieran pruebas para implicarles en la causa.
En las declaraciones que efectuaron todos los detenidos, en aquel 2003, negaron haber recibido cobros de marroquíes para dejarles cruzar la frontera del Tarajal a pesar de tener conocimiento de sus irregularidades bien al no tener sus documentaciones en regla o al portar alimentos sin los obligados controles sanitarios. El Ministerio Fiscal mantiene, no obstante, la implicación de los seis guardias.

 

El precedente y el condenado

La jurisprudencia más reciente incluye al menos dos sentencias en las que el tribunal competente ha absuelto a presuntos narcos al considerar nulas las pruebas principales obtenidas por la Policía: las escuchas telefónicas. En esta línea se mantiene la Audiencia de Ceuta así como el Supremo, que en sus sentencias más recientes ha hecho prevalecer el derecho constitucional del detenido a la privacidad de sus conversaciones sobre la acción policial nacida, únicamente, de indicios y de estos pinchazos telefónicos indiscriminados. El único guardia condenado en esta causa, que ya fue juzgado por separado hace un año, tuvo en su contra la testifical de otro agente del Cuerpo.

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