En diversas ocasiones me he referido, desde estas columnas, al terrible error de considerar que un político es automáticamente culpable de corrupción en el caso de que un juez lo califique como “imputado” (ahora, “investigado”). De nada sirve tratar de explicar que la persona sobre la que recae tal calificación sigue gozando de la presunción de inocencia consagrada en el artículo 24.2 de nuestra Constitución. Tal y como están las cosas, ese simple auto, dictado en unas actuaciones penales, se está tomando ya como una especie de anatema, de inapelable sentencia que hace caer al investigado o imputado en el ostracismo más absoluto. “¡Dimisión!, “¡Cese inmediato!”, claman automáticamente desde los partidos ajenos.
Hasta tal punto se ha llevado este disparate, que incluso figura en el acuerdo entre “Ciudadanos” y el PP, a petición de aquel partido, que no lo hubiera suscrito si no se hubiese aceptado, con los consiguientes resultados: más tiempo perdido con el Gobierno en funciones y, después, terceras elecciones en un solo año.
La figura del antes llamado imputado y ahora investigado (un inútil intento del legislador por alejar los desastrosos efectos que venía produciendo la anterior denominación) fue introducida en la ley precisamente para todo lo contrario de lo que viene suponiendo, pues se creó con el fin de dotar de las mayores garantías a la persona así declarada. Mientras que un testigo ha de comparecer sin asistencia de letrado y con la obligación de decir la verdad, un imputado o investigado acude a declarar asistido por abogado, sin tener que ajustarse a la verdad y gozando de presunción de inocencia. Sin embargo, algunos decidieron que eso no fuera así, de tal modo que, hoy por hoy, para la opinión pública, el hecho de que a un político se le declare en libertad “con cargos” le supone la más injusta y desastrosa degradación, y no solamente en su faceta de servidor público, sino también como simple ciudadano. “Mira, por ahí va ese ladrón. ¡Valiente sinvergüenza! ¡Que devuelva lo robado!”.
No se tiene en cuenta, al parecer, el sufrimiento que van a padecer el investigado y su familia. Da la impresión de que tales autos se dictan con extrema frialdad, sin reparar en sus catastróficas consecuencias. Porque además, y a la postre, no sería ni la primera ni la enésima vez que, al final, sea declarado inocente quien ha padecido –y seguirá padeciendo- la pesada condena que indefectiblemente trae consigo el haber sido puesto en libertad “con cargos”, es decir, “imputado” o “investigado”
Desconozco lo que pueda haber tras la puesta en libertad “con cargos” de las Consejeras Rabea Mohamed y Susana Román y del cabeza de lista de “Caballas”, Mohamed Alí, a quienes se acusa de una ristra de infracciones -falsedad documental, prevaricación y malversación de caudales públicos- sin que, eso sí, se les haya imputado cohecho (dádivas de por medio) algo que sucede con el exgerente de Emvicesa Antonio López.
Pienso que lo de Rabea Mohamed y Susana Román no pasará, quizás, de haber podido atender alguna de las infinitas recomendaciones que, cuando hay puestos de trabajo o viviendas a repartir, llegan a quienes ostentan algún cargo en la Ciudad, o quizás una culpa “in vigilando” En aquel posible caso, que tire la primera piedra quien esté libre del pecado de haber sido recomendado o “recomendador” alguna vez en su vida aquí, en Ceuta, donde es inveterada costumbre, pues siempre se ha creído eso de que para conseguir algo hay que tener padrino y así, estar en igualdad de condiciones con los demás. No puedo creer que ni Susana Román ni Rabea Mohamed hayan delinquido conscientemente. Es más, extiendo esta opinión a Mohamed Alí, cuyas ideas políticas no son precisamente las mías.
Dictar auto de imputación contra alguien que está en política conlleva para el afectado la tremenda pena de ser considerado “ipso facto” reo de corrupción y supone aislarlo de la vida social, como si fuese un apestado. Su única virtud para el así declarado será conocer quienes son sus amigos de verdad. Aquella gran responsabilidad recae sobre los jueces de instrucción, quienes deberán contar con más que sobrados y seguros indicios de intencionada culpabilidad para someter así, de entrada y a sabiendas de sus terribles e irreparables consecuencias, a personas que están ejerciendo cargos políticos. El pasado viernes, precisamente, se dictó sentencia en el caso “Nóos”, en la que se absuelve a varias personas que perdieron sus cargos y su reputación cuando fueron imputados.
¿Quién reparará ahora tan tremendo daño?