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La clave está en las competencias

Por Carmen Echarri
10/09/2017 - 07:38
La Audiencia estima el recurso presentado por Acemsa y aclara el debate en torno a las competencias y responsabilidades de esta.

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  • La Audiencia estima el recurso de Acemsa contra una condena de 13.303 euros tras una caída

La responsabilidad en los accidentes debe medirse al detalle. No es cuestión de resolver inútiles enigmas como el del huevo y la gallina; más bien se trata de concretar hasta dónde se puede penalizar a una empresa cuando sus competencias tienen límites. Y así ha ocurrido en el debate suscitado en la Audiencia, cuya Sección VI ha terminado por estimar el recurso presentado por Acemsa contra una sentencia dictada por el Juzgado número 3 que le condenó al abono de más de 13.000 euros al considerarla responsable de la caída de un ciclista. Todo ello porque se entendía que ese accidente tenía mucho que ver con el estado de una alcantarilla situada en el Recinto.

En primera instancia se consideró que la “responsabilidad in vigilando” de Acemsa le llevaba a mantener las tapas de alcantarillas en buen estado, al estar en sus competencias no solo hacer valer este cuidado sino atender cualquier desperfecto. En el caso de marras, el denunciante sufrió lesiones al apoyar el pie en la zona que rodea esa tapa, en donde había evidentes defectos de asfaltado.

Y es ahí donde ha radicado la clave de este auto, en medir hasta dónde llegan las competencias de Acemsa que se alejan, por ejemplo, del control del asfaltado de las vías urbanas. La Defensa de la empresa hizo hincapié en la “incorrecta aplicación de la teoría de la culpa in vigilando”, ya que la existencia de baches o mal estado del asfaltado nada tiene que ver con una responsabilidad de la empresa del agua.

La Audiencia ha recurrido al pliego de prescripciones técnicas para determinar que en este accidente nunca se puso en duda el mal estado de la tapa, sino que se aludió a otras deficiencias que exceden a la entidad. “¿Es competencia el mantenimiento y conservación del pavimento que rodea las alcantarillas?”, cuestiona el tribunal. Aceptar que así fuera supondría entender que todo lo que suceda en un núcleo urbano es responsabilidad de Acemsa o está relacionado con la red de alcantarillado.

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