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La Autoridad Portuaria ordena rebajar un 40% las tarifas de los prácticos

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta ha decidido meterle mano al servicio de practicaje para rebajar un 40% las tarifas que actualmente aplica y elevar de cinco a seis el número de profesionales que actualmente brindan asesoramiento a capitanes de buques y artefactos flotantes para facilitar su entrada y salida a puerto, cuyos ingresos anuales se calculan en “600.000 euros”, según han concretado fuentes del órgano rector del puerto.
La Autoridad Portuaria tiene la potestad de determinar el número de prácticos necesarios para la prestación del servicio, “previo informe de la Capitanía Marítima, y oído el Comité de servicios portuarios y el órgano que ejerza la representación de los prácticos a nivel nacional”.
El número de prestadores del servicio de practicaje está limitado a un único prestador en cada área portuaria y en Ceuta lo ofrece la Corporación de Prácticos de Ceuta.
Con carácter general, están exentos del servicio de practicaje los buques y embarcaciones al servicio de la Autoridad Portuaria; los destinados a la realización de obras en el dominio público portuario; los destinados al avituallamiento y al aprovisionamiento de buques; los destinados a la prestación de servicios portuarios, con base  en  el  puerto y los que estén al servicio de otras Administraciones Públicas, que tengan su base en el puerto, así como aquellos buques cuya tripulación incluya un capitán que haya ejercido como práctico en el puerto o haya superado las pruebas de habilitación teóricas y prácticas en dicho puerto.

Tarifas y recargos
Las tarifas ordinarias (desde las 07.00 a las 19.00 horas en días laborales y de 07.00 a 12.00 los sábados) de practicaje vigentes en el puerto de Ceuta oscilan entre 169,4 y 193,6 euros por entrada o salida del mismo y entre 146,2 y 185,5 por otras maniobras, en función del tamaño del buque que solicite el asesoramiento.
En concepto de recargos, las tarifas se incrementan al doble en el caso de servicios nocturnos (entre las 19.00 y las 07.00 horas del día siguiente. Los servicios diurnos en domingo y festivos desde las 12.00 y las 19.10 del sábado ven suplementada un 50% la tarifa ordinaria, aunque “ambos recargos no son acumulables entre sí”.
Los buques sin potencia de máquinas también deben pagar el doble de lo establecido. A los buques de menos de 500 GT, salvo que soliciten Práctico, se les factura un total de 72.69 por escala, sin recargos, por el Servicio de Información e Instrucción a buques.

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