La Sección VI de la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia condenatoria dictada en su día por el juzgado de lo Penal número 1contra el llamado clan de los ‘Chacarraca’, manteniendo las penas de algo más de 4 años de prisión para los seis acusados por un delito de tráfico de drogas.
Los hechos, que se remontan a octubre de 2009, se refieren a la detención de seis ceutíes, los hermanos Hakim M.M. y Tarek M.M., y los llamados Mohamed B.M., Mohamed H.A., Abselam M.M., y Smain M.A. La UDYCO los relación con un traslado de hachís que iba a llevarse a cabo desde una vivienda ubicada en Villa Aurora hasta un vehículo, que tenía como destino un lugar de la ciudad. La UDYCO abortó el traslado encontrando 202 bloques de hachís que superaron los 161 kilos de peso. Además en el registro de la vivienda se encontró abundante material que la Policía vinculó con la preparación del hachís.
La sentencia que ahora dicta la Audiencia viene a poner el punto y final, al menos en Ceuta, a un juicio que tuvo que repetirse en el Penal (al ser declarada nula su primera celebración) y que luego fue revisado en la Audiencia al presentarse un recurso de las partes.
Lo más relevante de la sentencia a la que ha tenido acceso ‘El Faro’ es la defensa que hace el tribunal a la labor desempeñada por la UDYCO después de que los abogados de los acusados se centraran precisamente en cuestionar su credibilidad. El tribunal que ha estudiado los recursos señala que las testificales de los policías son “coherentes, lógicas y razonables”, contradiciendo las versiones de las defensas que pretendían demostrar que los agentes mentían. La Audiencia dice que no existe “una explicación razonable que justifique el hecho de que toda una unidad de la Policía lleve a cabo ni más ni menos que la imputación de un delito contra la salud pública contra ciudadanos que para nada han intervenido en los hechos que nos ocupan”. Señala la Audiencia que no es creíble la existencia de una presunta “perversa maquinación” que llevara a los policías a inventarse “toda una trama delictiva” para perjudicar a unos inocentes. El tribunal ha criticado además los interrogatorios de las defensas que perseguían más confundir a los policías “rayando incluso en lo absurdo” más bien para “importunar” a los agentes para “hacerlos dudar en sus declaraciones con observaciones poco fundadas, consiguiendo más que la búsqueda de la verdad, apabullar a los testigos con insinuaciones relativas a incumplimientos de su deber”.