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La Audiencia no halla pruebas contra los acusados de tirotear al hermano del ‘Vasco’

Por Carmen Echarri
06/02/2013 - 12:07
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La puesta en libertad, a finales del pasado diciembre, de los dos acusados de tirotear al hermano del ‘Vasco’ ya hacía presuponer que el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta iba a dictar sentencia absolutoria. Ayer se supo formalmente al hacerse públicas las conclusiones que han llevado a los magistrados a fundamentar la absolución de los llamados Hanuar M.A. y Abdelkader A.A., este último hermano de ‘Tafa Sodia’.
Para el tribunal no cabe duda alguna que el autor de los disparos contra Abdelmalik Ahmed Sel-lam, hermano del ‘Vasco’, quiso matarle, debido a que la trayectoria de los disparos fue dirigida hacia el tórax o abdomen de la víctima. Se trató pues de una actuación tipificada como una tentativa acabada de homicidio, pero dicho delito no cabe ser imputado a ninguno de los dos detenidos en esta causa. Para llegar a tal conclusión, resulta clave el análisis de algunos de los fundamentos incluidos en la sentencia a la que ha tenido acceso ‘El Faro’. De entrada, para el tribunal ninguna de las acusaciones ha presentado pruebas al plenario que sirvan para enervar la presunción de inocencia que ampara a los acusados. “Ambas acusaciones”, dice el tribunal, “no se han privado de incluir  en sus conclusiones la introducción de un móvil”, señala, echando en falta, por contra, la existencia de pruebas que sirvan para determinar que los dos acusados estuvieron detrás de los disparos a Abdelmalik.
¿Y la declaración de la víctima, no es lo suficientemente válida? A ojos del tribunal no, por lo que no le da la relevancia que las acusaciones sí han pretendido. “La única prueba de cargo practicada de la que podría concluirse la participación imputada a ambos acusados ha sido el testimonio de la propia víctima, no obstante su declaración ha sido contradicha de forma rotunda por ambos acusados”, se indica. El tribunal no le da la credibilidad necesaria e incluso se apoya en la reconstrucción de los hechos que se llevó a cabo en una de las sesiones del juicio para considerar que no dijo la verdad. En aquella reconstrucción se visitó la tienda de comestibles ubicada en la calle San Daniel en la que fue tiroteado Abdelmalik y desde donde dijo haber visto a quienes quisieron quitarle la vida. “Dada la presencia de este tribunal en el local donde ocurrieron los hechos, a la vista de sus dimensiones, su puerta de acceso, el lugar donde estaba colocado el expositor... la versión que ha dado el testigo víctima no puede ser aceptada en su totalidad”. Concluye el tribunal, que no es posible que desde su local el hermano del ‘Vasco’ fuera capaz de ver ni a quien le tiroteó ni a quien conducía el coche, es decir, a los dos imputados en esta causa.  “No era posible observar el paso de otro vehículo por la calzada, precisar su marca y desde luego quiénes eran sus ocupantes, y menos todavía afirmar con visos de certeza que uno de ellos se quedó mirándole”, indica el tribunal en su sentencia.
Así las cosas, la que fue considerada clave en toda esta historia por las acusaciones: la declaración de Abdelmalik, es desterrada por el tribunal. “Su declaración comenzó con un planteamiento lleno de adornos e información que no podemos aceptar”, sentencia. Apunta además que la forma en que la víctima describe para señalar cómo le dispararon y cómo fue su caída detrás del mostrador choca directamente con el informe realizado por el médico forense, que considera, sin lugar a dudas, que a Abdelmalik se le disparó por la espalda o bien cuando se estaba girando, pero nunca de frente, como manifestó en el juicio.
La falta de credibilidad de la víctima engorda aún más por la declaración que prestara su hermano, el ‘Vasco’, que quiso negar en el juicio una entrevista concedida a este medio, algo a lo que la Audiencia no ha dado credibilidad alguna ratificando así lo publicado, y viendo que éste faltó a la verdad con dicha postura.
Para la Audiencia no cabe más que una sentencia absolutoria para los dos acusados, entendiendo además que la versión mantenida por la víctima ha carecido de una “suficiente corroboración objetiva relativa a los que menciona como autores”, de ahí que “nuestra conclusión”, dice el tribunal, “es clara en orden a que no puede considerarse suficiente para demostrar los hechos en que las acusaciones se han fundado”. Entiende además que, al igual que se baraja como móvil del atentado contra Abdelmalik un ánimo de venganza por parte de otro grupo, “no es excluible su propio deseo de venganza siguiendo instrucciones de su propio familiar” (en referencia a que el ‘Vasco’ le instara a señalar como culpables a personas del círculo del ‘Tafa’) “y no es irracional hacernos dudar de la veracidad de su testimonio sobre hechos por él mismo sugeridos. No se trata de un testigo víctima sin relación alguna con aquellos a los que acusa”, completa. En su conclusión final la Audiencia deja la puerta abierta a que la víctima pueda solicitar una indemnización al Estado por sufrir un acto violento.

El testigo clave a quien se ignoró

Uno de los apartados más interesantes de la sentencia a la que ha concluido el tribunal conformado por los magistrados Jesús Bastardés, Emilio Martín y Nuria Girón es el relacionado con una persona: Reduan A.H., testigo aportado por la Defensa que vino a contradecir y desmontar la declaración de la víctima y a quien, curiosamente, nunca se le escuchó hasta su declaración en la vista oral. Reduan fue la persona que dijo haber visto a un motorista que ocultaba su rostro con un casco salir corriendo de la tienda de Abdelmalik tras dispararle. A este testigo no le dio credibilidad alguna ni la Policía ni la juez instructora del caso, ya que ni le llamó a declarar. Pues bien, el tribunal se ha mostrado muy crítico con los dos. De entrada considera que Reduan vio perfectamente lo que sucedió desde el lugar en el que, dijo, “con seriedad evidente y seguridad”, que se encontraba. Ese lugar no fue colocado correctamente en el croquis que, sobre los hechos, hizo la Policía cuando le tomó declaración (esa fue la única que prestó este testigo hasta ser llamado al juicio celebrado el pasado diciembre). “El croquis” ha sido definido por el tribunal como “absolutamente falto de rigor”, y fue en el que se basaron las acusaciones. Especialmente duro es el tribunal con el trabajo policial. “La declaración” del responsable de la investigación “puso de relieve que olvidó la existencia del artículo 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y explicó que desde el principio consideró que el testigo faltaba a la verdad” narrando sus habilidades policiales “para descubrir” esa “mentira. Dio en verdad una buena explicación del porqué las declaraciones prestadas ante funcionarios policiales y no ante el juez, a efectos probatorios, tengan valor muy limitado”, sentencia. El croquis de la Policía situó al testigo en un lugar en el que no podía ver la tienda, cuando esa no era la verdad. En la sentencia también cabe lugar a la crítica en torno a la instrucción del caso, ya que este testigo nunca fue llamado a declarar a sede judicial. “Nada se investigó durante la instrucción sobre las tres personas que intervinieron para salvar la vida a Abdelmalik. La instructora no hizo más que tomar declaración a los dos detenidos por la Policía y declarar secreta la causa”, critica el tribunal. Una de esas tres personas es el testigo Reduan A.H., a quien la Policía nunca dio credibilidad. El tribunal va a más al decir que por providencia se denegó la declaración como testigos de una serie de personas que afirmaban que el autor era un motorista, tal y como pidió la Defensa de uno de los acusados, “y no deja de causar cierta sorpresa que, recurrida en reforma tal resolución, se desestimó el recurso con el solo argumento de que la Policía no encontró testigos de los hechos”.  El tribunal critica que la declaración del testigo quedara fuera de la instrucción siendo de “evidente importancia”.

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