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El Juzgado ordena a la Ciudad que cese los ruidos en una de sus dependencias

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta ha ordenado la adopción de medidas cautelares requiriendo a la Ciudad Autónoma a que en un plazo de cinco días adopte las medidas de insonorización, aislamiento, cambio de emplazamiento o medida correctora complementaria en dependencias bajo su titularidad, debido a los graves problemas de ruido causados, que están provocando graves perjuicios a una familia. Los afectados son víctimas de la administración y han tenido que acudir a la Justicia para reclamar su auxilio ante los problemas de salud sufridos producto de los constantes y permanentes ruidos. Sus intereses han estado defendidos por el letrado Jesús Sevilla Ortega, que ha presentado recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio de la solicitud de cese de emisión de ruidos y vibraciones que se formuló en noviembre de 2019. Esta parte tuvo que solicitar al Juzgado que interviniera ante los ruidos constantes que provocan unas máquinas situadas en dependencias municipales situadas justo al lado de la vivienda de los afectados.

En esa sala hay ventiladores y aparatos de climatización de los ordenadores

Esas máquinas son los ventiladores y aparatos de climatización de los equipos informáticos y de comunicación del Ayuntamiento, que emiten ruidos y vibraciones constantes que superan los valores permitidos por ley, lo que provoca perjuicios a una unidad familiar cuyo hogar linda con esta sala. Tal es el nivel de ruido, que los afectados lo están notando en su salud al sufrir insomnio o ansiedad. Lejos de encontrar una respuesta por parte de la Administración, a la que se le ha pedido en varias ocasiones que se adoptaran medidas correctoras para que esos ruidos y vibraciones cesaran, esta ha respondido con su silencio y falta de intervención, amén de poner encima de la mesa el interés público como justificación de su actitud de no enmendar el problema. Argumentan que la desconexión del equipamiento informático y de comunicaciones generaría un grave perjuicio para todos, sin tener en cuenta el auténtico calvario sufrido por esta familia.
La autoridad judicial es la que ha tenido que intervenir y, en un auto dictado el pasado 18 de junio, ordena la adopción de medidas cautelares atendiendo y, por tanto, protegiendo a las víctimas de esta situación: los propios ciudadanos afectados. En su justificación, el Contencioso-Administrativo número 2 expone que, en el caso de marras, no solo "queda afectado el derecho a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliario" sino que recuerda que "cuando la exposición continuada a unos niveles intensos y permanentes de ruido ponga en grave peligro la salud de las personas, esta situación podrá implicar una vulneración del derecho a la integridad física y moral".
Razona el magistrado que "el impacto que la desconexión de estas máquinas puede representar para el interés general puede y debe evitarse con medidas de insonorización, aislamiento, cambio de emplazamiento o medida correctora complementaria tendentes a acomodar la actividad administrativa a los niveles de ruido tolerados; sin que dicho interés público pueda considerarse, como pretende la administración, prevalente en todo caso al particular afectado, más aún cuando estamos ante la evidencia de unos daños físicos causados a particulares que habitan en su propio domicilio y provenientes de dependencias de la administración municipal que, siendo conocedora de tales emisiones y habiendo sido requerida reiteradamente en vía administrativa para su corrección, no la acomete pese al tiempo transcurrido".
En este claro ejemplo de lucha de David contra Goliat, la justicia ampara a las víctimas de la inacción de una administración a la que le requiere a que en un plazo de cinco días adopte las medidas necesarias para terminar con las penurias de esta familia, con un calvario alargado en el tiempo.
Para ello tendrán que insonorizar, aislar o cambiar de emplazamiento dichas máquinas adecuándose a lo establecido en las normas de emisión de ruidos burladas continuamente.
El Juzgado comprobará con la Unidad Metrológica de la Policía Local que se cumplen dichas medidas cautelares. En el auto además de ordenarse estas medidas se condena en costas a la administración.

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