La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 ha absuelto a M.L.A., conocido como ‘Chino’, de un delito de amenazas, tenencia ilícita de armas y otro leve de lesiones, que se produjo el 14 de mayo de 2016 en las inmediaciones del ambulatorio del Príncipe.
Estaba acusado de haber participado en el atropello a un motorista que denunció haber sido embestido y, posteriormente, tiroteado desde el propio vehículo que le arrojó al suelo, por lo que se vio obligado a huir por un terraplén, lo que le produjo lesiones que quedaron constatadas en el informe forense.
En la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se recoge que no ha quedado probada la participación de M.L.A. en los hechos, aunque en el momento en que se produjeron el acusado poseía un revólver, pero no tenía las licencias y permisos legalmente exigidos para la posesión de armas de fuego. Sin embargo, tampoco ha quedado probado que el revólver se hallara en condiciones de funcionamiento.
Si bien la sentencia no cuestiona el hecho de que la víctima, a la vez que denunciante, fuera agredido y amenazado en la fecha a la que hizo alusión durante la vista oral, sufriendo determinados menoscabos físicos, “no puede afirmarse fuera de toda duda que el autor de tales hechos resultase ser el acusado, si se considera la escasa prueba practicada en el acto del juicio”, se detalla.
La magistrada ha considerado, por un lado, la versión mantenida por el acusado en la que negó radicalmente ser responsable de los hechos que se le achacaban (al igual que ya hiciera ante el juez de Instrucción). Señaló, además, no saber por qué le habían denunciado a él, ya que, “aunque conocía de vista al denunciante, nunca había tenido nada contra el mismo”.
También reiteró que no era el propietario del coche que había arrollado a la víctima y tampoco había conducido un vehículo de esas características. Por otro lado, la sentencia también se basa en la “dudosa, contradictoria y vacilante” declaración testifical de la víctima, que llegó a exculpar a M.L.A. de los hechos enjuiciados, señalando que no lo conocía y asegurando no recordar lo ocurrido ese día.
En su testimonio insistió en que sólo se acordaba de que lo arrollaron con un coche, pero no era consciente de que le hubieran disparado dos veces, así como tampoco era capaz de rememorar el rostro del autor. Añadió que en Instrucción acusó a M.L.A. ‘Chino’ ya que los testigos presenciales le apuntaron como responsable, aunque realmente nunca vio la cara de la persona que le atropelló.
El testigo modificó el testimonio que ya había prestado en el Juzgado de Instrucción
En el desarrollo de la vista oral, el testigo no reconoció a la persona sentada en el banquillo como la que le agredió hace más de dos años y dijo desconocer si los disparos procedían del vehículo o bien de otro lugar diferente. Mostró dudas también sobre el color del coche implicado en los hechos.
Ante la versión “extraña y poco explicable” del testigo, donde se suceden las contradicciones entre el testimonio prestado ante Instrucción y la mantenida en la vista oral, la sentencia concluye que la “prueba practicada es exigua e insuficiente, no resultando ser, en modo alguno, concluyente ni incriminatoria del acusado, al arrojarse serias dudas en relación a su participación en los hechos enjuiciados”.
Absuelto de estos delitos, ‘Chino’ está en prisión preventiva a la espera de juicio ya que se le acusa de causar la muerte a disparos del conocido como ‘Mape’, precisamente ese mismo 14 de mayo de 2016.
El crimen de ‘Mape’ tendrá que ser enjuiciado por un Tribunal de Jurado