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La jueza instructora rechaza atribuir a Ali un delito de amenazas a Vox

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha rechazado el recurso de reforma interpuesto por tres diputados de Vox y dos de sus asesores contra el auto de finales de junio en el que acordó llevar a juicio oral al portavoz de Caballas, Mohamed Ali, por un presunto delito de odio. La formación ultraderechista pretendía que al localista se le imputase también otro de amenazas por la discusión con cruce de insultos incluidos que mantuvieron en el Pleno de enero de 2020.
Ahora será la Audiencia Provincial la que resuelva tanto sobre la solicitud de Vox como en relación con el fondo del asunto, el supuesto delito de odio atribuido por la jueza al líder de Caballas que no veían ni los denunciantes.
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha archivado esta semana una querella por delito de odio presentada por Vox contra la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, por haber calificado a dicha formación en un mitin de la campaña electoral de Madrid celebrado el pasado 25 de abril en Collado Villalba de “nazis a cara descubierta”. “Podrá entenderse que tales expresiones son contrarias al debido respeto que deben depararse los distintos partidos políticos en confrontación electoral, pero no son constitutivas de un delito de odio”, ha resuelto.
La magistrada local ha entendido que en la trifulca verbal registrada en el Pleno “no resulta debidamente justificada la perpetración del tipo delictivo de amenazas por cuanto las expresiones vertidas por los investigados, proferidas además en un contexto de confrontación política, especialmente reprobable en la grave crisis que atravesamos por la pandemia causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 [ni siquiera se refirió a los mensajes islamófobos de Whatsapp que incendiaron el Pleno], fueron fruto del acaloramiento del momento y no se desprende que realmente encerraran unas amenazas serias y firmes de perpetrar un mal contra los miembros de Vox Ceuta, ni un propósito deliberado de llevar las mismas al terreno de los hechos”.
Sin embargo, a su juicio “si bien no aparece acreditado que la intención fuera atentar directamente contra bienes jurídicos de los denunciantes, sí que tenían por finalidad, dado además el carácter público del Pleno, fomentar la hostilidad contra Vox Ceuta (partido político además con alto número de votos en esta Ciudad Autónoma, por lo que representan a una parte importante de la sociedad ceutí) y por el mero hecho de ser integrantes del mismo”.
Ali ha recurrido el auto al ver más que evidente que “como se observa de la transcripción de las expresiones vertidas en el Pleno, las descalificaciones e insultos fueron mutuos y no hubo por mi parte ninguna expresión, más allá de los insultos, que incite al odio u hostilidad hacia Vox”.

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