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IRPF en dos plazos: se acerca la fecha para el segundo pago

Quienes hayan domiciliado el pago en cuenta únicamente deben esperar el cobro a principios de noviembre

Por Beatriz Martínez
12/10/2023 - 16:33
campana-renta-revisar-antes-confirmar-borrador
Imagen de archivo

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La Agencia Tributaria recuerda a aquellos contribuyentes que se acogieron al pago en dos plazos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que el siguiente cobro se acerca. Una información que puede resultar útil para cualquier vecino de Ceuta.

Esta fracción del importe del ingreso, siendo el 40% restante de la cantidad resultante de la declaración se puede pagar hasta el próximo 6 de noviembre.

Para el pago existen dos opciones que explica la Agencia Tributaria. En primer lugar está el procedimiento en el caso de aquellos que hayan domiciliado en pago en cuenta,  “el 6 de noviembre de 2023, la entidad colaboradora en la que se domicilió el pago del segundo plazo se encargará de adeudar su importe en la cuenta indicada por el contribuyente, remitiéndole a continuación el correspondiente justificante de pago”.

Una recomendación importante es que la persona debe estar atenta para disponer de saldo suficiente en la cuenta indicada al momento que se haga el cobro.

La segunda opción corresponde a aquellos que hayan decidido no domiciliar en cuenta el pago del segundo plazo.

En este caso, el contribuyente debe dirigirse a cualquiera de las entidades colaboradoras sitas en territorio español, “directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102, que podrá obtener mediante descarga a través del portal de Internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria”.

Sobre el pago en dos plazos, la Agencia Tributaria recuerda que la primera fracción debe ser del 60% del importe y debe pagarse en el momento de presentar la declaración, mientras que la segunda corresponde al 40% restante.

Para poder acogerse a esta modalidad es fundamental que “la declaración se presente dentro del plazo establecido y no se trate de una autoliquidación complementaria” y que “en el momento de la presentación de la declaración se efectúe el ingreso del 60 por 100 del importe resultante de la misma”.

Tags: BancosImpuestosVecinos

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