La magistrada accidental de la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un inmigrante por un delito de riña tumultuaria y otro de desórdenes públicos, tras los hechos ocurridos en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de la ciudad.
El acusado reconoció los hechos durante el procedimiento judicial y aceptó una pena de tres meses de prisión por el delito de riña tumultuaria, así como un año y nueve meses de cárcel por el delito de desórdenes públicos.
La resolución judicial establece además que la pena de prisión queda suspendida durante un periodo de dos años, con la condición de no volver a delinquir.
Asimismo, el condenado deberá cumplir una orden de alejamiento y de no comunicación con la víctima durante dos años, además de abonar 10.948 euros en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas.
Según los hechos recogidos en la sentencia, el acusado, un joven de 22 años, protagonizó los incidentes sobre las 22:00 horas del 23 de julio de 2024 en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), ubicado en la carretera del Jaral.
De acuerdo con la resolución judicial, el hombre, con ánimo de atentar contra la paz pública, cogió una espada tipo catana de su habitación y se dirigió hacia el campo de fútbol del CETI, donde irrumpió junto a otros internos de su misma nacionalidad.
Una vez en la instalación deportiva, el grupo se dirigió de forma violenta e intimidante hacia internos de otras nacionalidades que se encontraban en el lugar, con la intención de alterar bruscamente la paz social y la vida cotidiana del centro.
Durante el altercado, el acusado acometió de forma violenta contra otros internos, participando en una riña mutua con varias personas presentes en el lugar.
En el transcurso de los hechos, y con ánimo de menoscabar la integridad física, el hombre blandió la catana y causó un corte de gravedad en el costado de uno de los internos.
Según el informe médico forense, la víctima sufrió una herida incisa en la región torácica izquierda, que afectó al plano muscular y a la aponeurosis, sin llegar a producir afectación visceral. La lesión presentaba unos 25 centímetros de longitud.
La víctima precisó una primera asistencia médica y tratamiento quirúrgico, que incluyó puntos de sutura, vacunación antitetánica, analgésicos y antibioterapia profiláctica.
El tiempo de curación fue de quince días, según recoge la valoración médica incorporada al procedimiento.
Como secuela, el lesionado presenta una cicatriz en la región dorso lateral izquierda, que ocasionará un perjuicio estético moderado, valorado pericialmente en ocho puntos.
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