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Ingesa contrata a seis nuevos empleados para Ceuta

Tres de ellos son perfiles sanitarios, en concreto, dos inspectores médicos y un enfermero subdirector

La resolución del seis de mayo para proveer seis puestos en Ceuta llega a su punto y final. Ingesa publica la lista definitiva de admitidos y excluidos con la que se cierra el proceso.

El objetivo de la convocatoria es encontrar a seis perfiles con destino a Ceuta y a otros tantos para desempeñar su función en las áreas de Madrid y Melilla. La ciudad busca con este trámite seis empleados.

Los perfiles sanitarios se corresponden con dos inspectores médicos y un enfermero en subdirección. Este último está destinado al cuerpo de instituciones penitenciarias. A ellos se suman trabajadores de otros campos, específicamente, dos jefes de negociado y un operador especialista.

Selección

El resultado final publicado en la plataforma de Ingesa es fruto del seguimiento de unos criterios de baremación. Son dos fases las que componen la selección, específicamente una para valorar los méritos generales y otra para evaluar los específicos en función de las características del cargo.

La obtención del puesto requiere de cinco puntos en la primera y de veinte en la segunda. La calificación no puede superar en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima en total ni ser inferior al 10 por 100.

Pertenecen a la valoración del grado personal consolidado y la del trabajo desarrollado. Uno se centra en analizar de forma positiva el cuerpo o escala desde el que participa el candidato. Ello incluye un nivel por encima del puesto al que se opta, con 10 puntos, uno igual, con ocho, uno por debajo del mismo en uno o dos niveles, con seis y, finalmente, uno que está en una posición inferior en más de dos escalafones.

Segunda fase

Los méritos por el trabajo desarrollado también son tenidos en cuenta en estos concursos específicos. Se toman en consideración los cargos que se han desempeñado en los últimos cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se pueden lograr hasta 25 puntos de esta evaluación. El reparto se distribuye en función a varios escenarios. Se asigna en función de lo que se ha ejercido, en detalle, por trabajos de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa con 0,4 puntos por mes trabajado; en aquellos inferiores en uno o dos grados al cargo al que se aspira con 0,3 puntos por cada treinta días y por empleos por debajo en más de dos niveles con 0,2 puntos. Se dota de un punto extra por los que son en la misma área funcional que aquella a la que se encuentra adscrita la plaza solicitada.

Los cursos de formación también suman hasta diez. Como mínimo deben haberse realizado tres y un máximo de seis. Solo se estiman los que previamente figuren en la lista anual del Departamento u Organismo convocante y relacionado con el área de conocimiento del puesto objeto de valoración.

Están incluidos los del marco del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, así como los de los Planes o Programas internos. No son admitidos los que estén ligados a la carrera universitaria, al doctorado, aquellos derivados de procesos selectivos o diplomas vinculados a seminarios, simposios, máster y similares.

Antigüedad y conciliación

La antigüedad en también puede facilitar más puntos en el proceso, en concreto, hasta veinte. Cada año completo de servicio implica 0,67. Puede ser añadida también la que procede de prestaciones anteriores a la adquisición de la condición de funcionario siempre y cuando estén reconocidos bajo la Ley 70/1978 del 26 de diciembre. Asimismo, tienen que estar certificados en el anexo correspondiente al de méritos.

Los contextos personales relativos la conciliación familiar también son estimadas en esta cuestión. Solo contabilizará en la evaluación cuando el trabajador haga un servicio activo o esté en una situación que conlleve la reserva del cargo o de la localidad.

Los supuestos relativos a esta materia analizan con un máximo de 10 puntos, lo que supone el 10 % del total de la puntuación de los méritos del concurso. Se contempla esta tesitura cuando el puesto al que se aspira es de un nivel igual o inferior al que desempeña el candidato. Es preciso que la persona resida en el mismo municipio en el que ejerce su empleo.

Enlace con el listado de candidatos admitidos.

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