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Ingesa garantiza la asistencia a las personas en situación irregular en Ceuta

El Ministerio de Sanidad dice que la normativa se está aplicando “escrupulosamente” en las dos ciudades autónomas

El Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) no está regateando ni en Ceuta ni en Melilla con las directrices que, tras el acceso del PSOE y Podemos al Gobierno central, han extendido la atención médica a toda persona con independencia de su situación administrativa en España. Según ha asegurado el Ministerio de Sanidad en su respuesta a una pregunta por escrito del senador de Bildu Jon Iñarritu, “desde la entrada en vigor de la normativa reguladora”, en el ámbito de Ingesa se han aplicado “escrupulosamente” las ‘Recomendaciones para el procedimiento de solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan residencia legal en territorio español para recibir asistencia sanitaria’ que fueron aprobadas en la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Las directrices emitidas desde el Ministerio de Sanidad pormenorizan los documentos necesarios para acreditar la residencia efectiva en territorio español, si bien dejan abierta la posibilidad de solicitar otros ante la ausencia de los primeros. Así, tanto en Ceuta como en Melilla “se solicitan documentos que puedan justificar la residencia en España para conceder el derecho (tal y como aparece en la recomendaciones) aunque las personas no estén en situación legal en territorio español”.

Las solicitudes “nunca” se deniegan en primera o en segunda instancia

El tipo de certificados que acredita esta situación suele ser variado: de escolaridad de niños, documentos acreditativos de sus padres o tutores, certificados de asociaciones u oenegés, certificados de la Policía Local de verificación de pernoctación en la ciudad y “cualquier otro documento que pueda demostrar la residencia efectiva, entre los que no se encuentra un certificado de soltería, ya que el estado civil de una persona no puede condicionar sus derechos”.

Ingesa remitió a finales de octubre de 2019 a sus Direcciones Territoriales y a las Gerencias de Área de Ceuta y Melilla las instrucciones dictadas por el director general para la aplicación de las referidas recomendaciones, que según el Ejecutivo de Pedro Sánchez se están implementando “escrupulosamente” en las dos ciudades autónomas.

En relación con la documentación requerida en el procedimiento de solicitud del derecho a la asistencia, se presenta en cada una de las Unidades de Tramitación de los Centros de Salud.

De no aportar las recomendadas en la normativa, se da un plazo de 10 días para subsanar y, en caso de no hacerlo, “nunca se deniega la solicitud”, sino que se remite para su continuación a la Unidad de Tramitación de Atención Primaria, donde para resolver el expediente se solicitan otros documentos como certificados de vecinos, de escolaridad, de la Policía Local, de asociaciones...

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