Ceuta tiene un gran problema de vivienda que complica que las personas foráneas encuentren un hogar donde alojarse. En el caso de los militares, hay diferentes viviendas que están preparadas para las personas que desempeñan sus funciones dentro del Ejército. Optar a una de ellas no es nada fácil y los peticionarios deben estar atentos a las diferentes convocatorias para cumplir con los requisitos.
Pero si existe una desigualdad más latente en esta historia en la actualidad es la que sufren las personas que se aprovechan de la ley anterior al año 1999 y las que se tienen que adecuar con otras condiciones totalmente diferentes si pasan a la reserva después de ese año.
Eso mismo es lo que el letrado ceutí, José Vázquez Ávila, ha elevado hasta el Tribunal Supremo. Una situación que se podía calificar de ‘histórica’ ya que es de las pocas veces que este órgano jurisdiccional admite a trámite un recurso sobre viviendas militares.
El recurso señala la desigualdad “existente” entre las personas que pasan a la reserva después del año 99 a las que les obligan a dejar la vivienda que le fue asignada por el Invied, y los que la disfrutan porque son de la ley anterior al año 1999. En esta situación, el militar en cuestión la disfruta hasta su muerte y luego tiene una subrogación más en viuda o hijos.
Se recurre ante al Tribunal Supremo en recurso de casación por posible vulneración de las normas y tras haber agotado la vía judicial en un recurso al Contencioso Administrativo.
Esta situación está generando que esas casas que no son devueltas al Invied acaben alquiladas a terceros de manera irregular, provocando un ‘mercado negro’ donde salen perjudicados muchos de los militares que llegan ahora a la ciudad y no se les puede asignar una vivienda.
Por ese motivo el Tribunal Supremo debe ahora responder sobre este recurso que ha sido admitido y que crea “desigualdad” entre los solicitantes. En este recurso se señala que tiene que ser el propio Invied el que responda de su afirmación “sobre la existencia de una lista de espera para la adjudicación de las viviendas” y por las cuales también han sido recurridas en numerosas ocasiones por cambios de criterio “de última hora”.
En este sentido, resulta preciso que el Tribunal Supremo fije jurisprudencia que despeje cualquier tipo de duda interpretativa sobre el alcance en relación “con la rigidez del principio clásico del onus probando cuando se hace recaer tal carga sobre la parte que tiene en su poder o a su alcance las fuentes de prueba frente a aquella que se encuentra dificultada o incluso impedida para acceder a ella, especialmente cuando el particular se enfrente a una Administración Pública”, se señala.
Una deferencia según el rango del militar que ha provocado la “desesperación” de muchos de los militares que insta a ocupar una de estas viviendas y se encuentra ante la negativa de Invied.
Estos afectados lo que solicitan, sobre todo, es que haya un mayor control en el reparto de las viviendas y que la ley sea “igual para todos”. No entienden como puede haber dos leyes totalmente opuestas y que según el año en el que se le concediera una vivienda tiene un resultado u otro.
En este sentido, los afectados aclaran que lo propio sería que se aunara una nueva ley y que esas viviendas, controladas por el Invied, pasara por el mismo filtro para todos los militares.
Es lo que se solicita en ese recurso que ha sido tramitado por el Tribunal Supremo que ahora deberá dar una respuesta sobre las viviendas militares y esa ley totalmente diferente si la casa se obtuvo antes o después del año 1999.
Sin ir más lejos, en enero de 2022, se publicó que varias personas presentaron sus solicitudes para poder optar a una de esas viviendas. Concretamente fue el 12 de enero cuando se publicó un listado que recogía los que habían conseguido esas ansiadas casas. Tras el plazo legal previsto para formular reclamaciones, no constó que se realizara ninguna.
Cuando ya parecía todo claro, sin esperar, Invied comunicó en febrero una nueva lista de solicitantes de vivienda militar en régimen de arrendamiento especial pero en la que se había producido un cambio sustancial sobre la que ya estaba publicada. Ante esta situación, varios afectados que decidieron mandar un recurso a Madrid denunciando este hecho.
Invied tardó bien poco en responder y con una escueta resolución desestimaba el recurso y alegó que todo se había tal y como estaba establecido en los distintos reglamentos.
Además señalaron que son militares de primer destino por lo que no reunían todos los requisitos. Una situación que sentó como un jarro de agua fría para estas personas que tenían esperanza en que el recurso prosperase.
El recurso señala la desigualdad “existente” entre las personas que pasan a la reserva después del año 99 a las que les obligan a dejar la vivienda que les fue asignada por el Invied, y los que la disfrutan porque son de la ley anterior al año 1999.
Estos afectados lo que solicitan, sobre todo, es que haya un mayor control en el reparto de las viviendas y que la ley sea “igual”. No entienden como puede haber dos leyes totalmente opuestas que según el año en el que se le concediera una vivienda tiene un resultado u otro.
Ese recurso que ha sido tramitado por el Tribunal Supremo tendrá que tener una respuesta sobre las viviendas militares y esa ley totalmente diferente si la casa se obtuvo antes o después del año 1999. En estos momentos, el recurso de casación se encuentra en manos del Tribunal Supremo.
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