Sociedad

Hacienda podrá usar macrodatos para controlar la residencia efectiva en Ceuta

La Agencia Tributaria no cierra la puerta a utilizar también para verificar la residencia efectiva al menos más de la mitad del año en Ceuta que da derecho a beneficiarse de las ventajas fiscales locales. Hacienda ha impulsado durante los últimos años “la captación de nuevas fuentes de información, las cuales, unidas a herramientas masivas de tratamiento de datos han permitido determinar el patrimonio neto de los ciudadanos, sus flujos globales de renta y sus relaciones familiares, económicas y societarias”.

En su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 se avanza que “estas herramientas, basadas en el procesamiento de ‘big data’ [macrodatos], han hecho posible efectuar de manera sistemática el análisis de residencia sobre contribuyentes que figuran como no residentes en las bases de datos tributarias”.

“Este análisis ha permitido obtener, en su caso, los indicios necesarios para poder determinar la presencia durante más de 183 días en territorio español, la existencia en nuestro país de un centro de intereses económicos relevante y operativo, así como la existencia de relaciones familiares que permitan inferir la residencia en España”, advierte.

No obstante, las nuevas tecnologías no servirán sólo para estrechar el cerco sobre presuntos defraudadores al fisco español que dicen vivir en otros países, sino que su implementación también es factible para controlar la residencia efectiva en Ceuta o Melilla.

Fuentes de la Administración General del Estado explicaron este martes que “son muchas las herramientas con que se cuenta para realizar las actuaciones de control” y que “la de los macrodatos es una herramienta más que permitirá el control de la residencia en España, aunque se podría aplicarse también a efectos de las ciudades autónomas si arrojara pruebas concluyentes”.

El resultado de todo ello se plasmará “progresivamente” en el desarrollo de expedientes de comprobación que se iniciarán a lo largo de este ejercicio y se desarrollarían a partir de los datos anteriores “en la medida que permitan efectuar una regularización de las diferentes contingencias fiscales detectadas”.

“Un mayor número de días del periodo impositivo”

La Secretaría General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ha reiterado en respuesta a la consulta de un trabajador sobre su derecho a acogerse a las ventajas fiscales locales pese a no haber residido más de 183 días en Ceuta una vez trasladado desde Zaragoza en 2019 que para disfrutar del 60% de deducción en ese tributo al haber pasado más tiempo en Aragón que en la ciudad autónoma.

La Ley liga la residencia habitual a permanecer en un territorio “un mayor número de días del período impositivo” y para determinar el período de permanencia se computan las “ausencias temporales”.

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