“No es por la multa”. Con esta frase la Guardia Civil advierte a los conductores, incluyendo a los de Ceuta, sobre los peligros de conducir bajo los efectos del alcohol, aunque recuerda lo que les puede costar incurrir en esta irregularidad.
Al respecto han hecho referencia a las tasas de alcohol y han explicado que de 0'25 a 0'50 mlg/l corresponde a una multa de 500 euros y a 4 puntos del carné de conducir. Mientras que de 0'50 a 0'60 mlg/l el monto se eleva a 1.000 euros y son 6 puntos los que se arriesga a perder el conductor.
En el caso de los reincidentes, el monto a pagar es de 1.000 euros y la pérdida de puntos en el carné de conducir va entre los 4 y los 6.
Pero ya cuando la tasa es de 0'60 mlg/l se considera un delito.
Conducir con tasas de alcohol 🍻
⚫De 0'25 a 0'50 mlg/l ➡️500 € y 4 puntos
⚫De 0'50 a 0'60 mlg/l ➡️1000 € y 6 puntos
⚫ Reincidentes ➡️1000 € y de 4 a 6 puntos
⚫ + de 0'60 mlg/l ➡️DELITO #NoEsPorLaMulta #SeguridadVial pic.twitter.com/ZbhD53gQAK
— Guardia Civil (@guardiacivil) January 20, 2024
Sobre la tasa de alcoholemia, la Dirección General de Tráfico (DGT) explica que esta representa “el volumen de alcohol que hay en la sangre y se mide en gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o su equivalente en aire espirado”.
Aunque de acuerdo con la legislación actual, existen tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España, la DGT asegura que aún por debajo del límite legal, el riesgo de accidente puede verse ya incrementado.
“Por ello, lo mejor es evitar conducir después de haber consumido cualquier cantidad de alcohol. La única tasa realmente segura es 0,0 g/l”, recalcan.
Señalan que el alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico. "El alcohol es un depresor del Sistema Nervioso Central que altera tanto la aptitud como la actitud para conducir e incrementa el riesgo de verse involucrado en un accidente de tráfico".