La Consejería de Educación y Cultura ha dado un giro de última hora y ha cambiado de adjudicataria para el servicio de la limpieza de los colegios públicos de Ceuta.
En un principio se contaba con la adjudicación a la empresa granadina Limpiezas Castor, pero un cambio de guion ha hecho que a última hora se haya decidido que lo mejor era contar con la oferta de OHL Servicios-INGESAN.
Con este servicio se mantienen 65 puestos de trabajo que serán subrogados por la nueva adjudicataria si es que a la tercera va la vencida y se consigue.
El servicio incluye la limpieza diaria, semanal, mensual, cuatrimestral y anual “de todas las superficies y dependencias interiores y exteriores” de los CEIP Ciudad de Ceuta, Federico García Lorca, Ortega y Gasset, Lope de Vega, Maestro José Acosta, Maestro Juan Morejón, Mare Nostrum, Pablo Ruiz Picasso, Príncipe Felipe, Valle Inclán, Reina Sofía, Rey Juan Carlos I, Rosalía de Castro, Santa Amelia, Santiago Ramón y Cajal y Vicente Aleixandre; así como los CEPA Edrissis y Miguel Hernández.
En este sentido, y según se refleja en el proyecto, se pondrá especial atención a “las pintadas en carpinterías interiores de aseos, carteles, pegatinas o similares no autorizados colocados en paramentos del centro, así como a cualquier otra incidencia extraordinaria que se produzca en horario lectivo”.
El servicio de limpieza se realizará en días laborables, en el horario que acuerde el equipo directivo del centro con la empresa adjudicataria, a fin de no interferir en el normal desarrollo de las clases, y en todo caso respetando el contenido del presente pliego.
La prestación del servicio ordinario de limpieza se efectuará, con carácter general y preferente fuera del horario principal de funcionamiento de los servicios educativos ubicados en cada edificio.
Las tareas no entorpecerán las funciones propias educativas de los centros escolares, adaptando el horario fuera del tramo de la jornada lectiva o asistencial establecida en cada centro. Todas las aulas, espacios y aseos deberán estar en perfecto estado antes del comienzo de la jornada lectiva.
De no ser esto posible, y de forma excepcional o conveniente por causa justificada y autorizado por el responsable del contrato, se determinará que el horario de prestación del servicio sea coincidente con el de menor intensidad de las actividades educativas, con el objeto de reducir al mínimo las interferencias del servicio de limpieza.
De acuerdo con el calendario escolar, durante los periodos no lectivos (Semana Santa, Semana Blanca y meses de verano), se realizará una limpieza más profunda, según lo descrito en la cláusula segunda.
La Consejería informará a la empresa adjudicataria, durante el mes de junio, sobre aquellos centros en los que se lleven a cabo actividades en verano y atención a comedor social, especificado horarios a seguir y número aproximado de alumnos participantes, a fin de que la empresa adjudicataria pueda organizar la distribución adecuada del personal para atender diariamente la limpieza de los espacios en uso, incluido comedor, con presencia diaria de un trabajador durante el desarrollo de las actividades.
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