Categorías: Sucesos y Seguridad

Fomento simplificará y abrirá la norma de la Cédula de Habitabilidad

La consejera de Fomento, Susana Román, defenderá hoy en la Sesión Plenaria Ordinaria del mes de enero que se celebrará en la Asamblea una propuesta de modificación del Reglamento Regulador del Procedimiento de Concesión y Control de las Cédulas de Habitabilidad en vigor desde 1999 para “mejorar” su redacción a través de dos cambios fundamentales. En primer lugar, el texto de la nueva norma suprimirá la obligación de tener Cédula de Habitabilidad para aquellas edificaciones “que han sido objeto de licencia previa de obras y posterior licencia de utilización”. “Teniendo en cuenta que la Administración Urbanística ha ejercicio hasta en dos ocasiones su potestad de intervención, controlando entre otras circunstancias las condiciones que conciernen a la habitabilidad de la edificación, la Cédula de Habitabilidad deviene innecesaria”, argumenta la propuesta del Ejecutivo local.
Además, la iniciativa de Román dará respuesta a las “singularidades” que presenta el parque de viviendas de la ciudad autónoma en forma de casas “construidas sin licencia previa de obras, susceptibles de legalización o no, cuya existencia requiere que determinados suministros sean accesibles para sus moradores, siempre respetando la legislación vigente”.
Actualmente, tal y como puso de manifiesto a finales de 2012 la coalición Caballas en sede parlamentaria, la exigencia de la Cédula de Habitabilidad es requisito imprescindible para ocupar una vivienda y acceder al agua y a la electricidad. En la realidad, ese requisito impide a decenas o cientos de familias contratar esos servicios, dando pie a todo tipo de triquiñuelas.

Autorización provisional
Para dar cobertura a estos inmuebles siempre y cuando reúnan unas condiciones mínimas de habitabilidad al margen de su situación administrativa, la reforma del Reglamento no sólo “simplifica” la tramitación de la Cédula, reduciéndola a dos clases, sino que también se cambia la forma de acreditación para poder instarla “y se establece una autorización provisional para poder contratar suministros”.
“En aquellas construcciones realizadas sin la preceptiva licencia que no fueren legalizables por ser contrarias al planeamiento”, señala la nueva redacción, “se podrá autorizar con carácter excepcional, previo informe favorable de los Servicios Técnicos, la contratación provisional de los servicios básicos con las compañías suministradoras hasta tanto en cuanto se resuelva el procedimiento para la regularización de las construcciones de acuerdo al  desarrollo del planeamiento urbanístico”.
El Reglamento dejará claro, en cualquier caso, que “esta autorización no conllevará en ningún caso la ejecución de obras de reparación, conservación o de cualquier otra naturaleza y se otorgará cuando las compañías suministradoras acrediten que las redes se encuentran accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, siendo la acometida viable y no induciénse a la implantación de nuevas edificaciones”.

Condiciones mínimas
La propuesta de Román introduce, además, modificaciones en el apartado relativo a las condiciones mínimas de habitabilidad que deben reunir las viviendas para la obtención de la Cédula “dando cabida a situaciones preexistentes y permitiendo la corrección de deficiencias graves de habitabilidad en aquellas viviendas que hasta ahora no habían tenido control alguno en este ámbito”.
Literalmente, la ‘vivienda mínima’ tendrá que tener para ser susceptible de ser considerada como tal “al menos una habitación que albergue la cocina y estar, otra que albergue un dormitorio y un cuarto de aseo”. También podrán disponerse “estudios compuestos por una estancia (comedor-cocina-dormitorio) y un cuarto de aseo completo con una superficie útil no inferior a veinte metros cuadrados sin incluir terrazas, balcones, miradores o tendederos”.

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