La Fiscalía de Ceuta ha presentado un recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción número 6 de la ciudad autónoma y subsidiariamente de apelación a la Audiencia Provincial contra el auto de Procedimiento Abreviado que evacuó el primero hace casi un mes para cerrar las diligencias elaboradas durante un año en relación con el comportamiento de un exdocente del Colegio San Agustín cuya identidad responde a las iniciales A.D.B. imputándole cuatro presuntos delitos de tenencia de pornografía infantil, corrupción de menores; abuso y agresión sexual a jóvenes con menos de 16 años, e inducción a la prostitución de menores.
Según las fuentes consultadas por este periódico, desde el punto de vista del Ministerio Público el exprofesor incurrió también en otro tipo penal no incluido de “elaboración de material pornográfico usando a menores de 16 años”.
La Fiscalía estima que de las actuaciones practicadas desde noviembre de 2017, cuando el investigado fue denunciado ante la Guardia Civil por la familia de un alumno, se deduce no sólo la existencia de los hechos y tipos penales recogidos en el auto de Procedimiento Abreviado impugnado, sino además “indicios racionales” de la elaboración por su parte de “parte del material gráfico incautado”.
Tal proceder tendría para la acusación pública “relevancia penal” y debería, por tanto, recogerse igualmente en el auto judicial recurrido.
La Fiscalía llega a esta conclusión a la vista de las conversaciones recogidas en las diligencias y del “contexto” de las fotografías tomadas a los menores, el teléfono celular y la cámara con los que fue elaborado parte del material gráfico intervenido en las actuaciones y, sobre todo, de las “grabaciones” efectuadas, pruebas de las que se desprende de acuerdo con su interpretación que la persona que realizó al menos parte de las fotos y grabaciones “de índole sexual o pornográfico” a los menores de edad fue el “acusado”.
El auto recurrido concluyó que el investigado presuntamente promovió “activamente” el “desarrollo precoz y tendencial de la vida sexual de los menores” hasta con “indicaciones” que fueron “notoriamente” más allá de lo que hubiese sido admisible en “su condición de profesor”.
Igualmente consideró que pudo realizar “actos concretos de abuso sexual con menores” siendo el eventual consentimiento de los mismos “irrelevante jurídicamente” y que incluso reclamó y logró “actos sexuales reales y/o virtuales mediante contraprestación, bien en metálico, bien en especie (regalos costosos de diversa índole), como refleja la amplia y completa actividad instructora” desplegada por la Guardia Civil y el órgano judicial.
A tal narración de hechos “presuntamente acontecidos” llega la jueza tras analizar pruebas como las “fotografías de las víctimas halladas en sus dispositivos electrónicos incautados en el registro domiciliario, conversaciones a través de WhatsApp con las víctimas halladas en su teléfono móvil, declaraciones efectuadas y otras diligencias”. El exdocente siempre se ha negado a declarar “en ejercicio de su derecho constitucional a no confesarse culpable”.
De acuerdo con las fuentes consultadas por ‘El Faro’ las calificaciones de los hechos de las distintas partes para la fijación de juicio oral están pendientes de que se resuelvan los recursos presentados.