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FECCOO da por hecho que no habrá reducción de jornada lectiva docente

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) no aplicará desde septiembre en su territorio de gestión, Ceuta y Melilla, la recomendación que incluyó en la norma legal aprobada a principios de año para revertir parte de los recortes introducidos por el PP, concretamente para devolver a 23 y 18 horas lectivas semanales la jornada de maestros y profesores. La Federación de Enseñanza de CCOO dio ayer por contrastada la noticia a la luz de lo establecido en las Instrucciones para el próximo curso, que no contemplan ampliación del cupo docente local desde septiembre.
Si para reducir un 10% la jornada semanal de los profesores de Secundaria haría falta incrementar en otro tanto el número de docentes de ESO (55 interinos) y tal cosa es inviable, solo puede ser “la confirmación” de lo que FECCOO auguró en junio: que la táctica del Ministerio consistía “única y exclusivamente en ganar tiempo para concretar el atropello” y que lo materializaría cuando los docentes ya estuviesen de vacaciones.
Tanto el director provincial, Javier Martínez, como el presidente de la Junta de Personal Docente, Francisco Lobato (FeSP-UGT), no dieron entonces todo por perdido y apuntaron que eran “optimistas” o al menos no pesimistas del todo al respecto. “Se nos tachó de alarmistas y tanto la Dirección Provincial como alguna que otra fuerza sindical mantuvieron una postura esperanzada no sabemos basada en qué argumentos, ya que la posición del subdirector de Evaluación y Cooperación Territorial fue desde el primer momento clara y honesta”, valoró FECCOO en un comunicado en el que recordó que insistió “hasta la saciedad” en que “solo se pretendía llegar hasta julio con el profesorado esperanzado y desmovilizado”.
“Las Instrucciones de comienzo del próximo curso incluyen el mismo cupo de profesorado que el anterior, lo que indudablemente nos lleva a la obvia conclusión que no habrá reducción de carga lectiva”, interpretaron los de Antonio Palomo, que criticaron que “esta es una clara y diáfana respuesta para los ingenuos o interesados protagonistas en mantener una estéril esperanza en el colectivo”.
“La respuesta es siempre la misma: los mismos perros con distintos collares o los mismos cargos con distintas etiquetas, para evitar malos entendidos; una vez el PP, otra vez el PSOE se burlan, humillan y desprecian al profesorado de su ámbito de gestión”, censuró FECCOO.
Literalmente, las Instrucciones del MEFP dicen que en función del cupo global de profesorado asignado a cada ciudad “dentro de las limitaciones que la prórroga presupuestaria impone”, la Dirección Provincial deberá “atenerse estrictamente” a la distribución de sus efectivos. Sobre el horario lectivo semanal del profesorado solo se dice que incluirá “un mínimo de dos y un máximo de cinco periodos lectivos diarios, con carácter general”.

Ganar una hora semana a costa de apoyos, opción

El Ministerio de Educación rechazó ayer hacer ninguna valoración tanto a las críticas de FECCOO al reemplazo del máximo responsable del CEIP Pablo Ruiz Picasso como a la lectura que ese mismo sindicato ha hecho de las Instrucciones de principio de curso. En la comunidad educativa se baraja como posibilidad que la Administración intente si no rebajar de 20 a 18 sí llevar al menos a 19 las horas lectivas semanales de cada profesor de Secundaria. Para conseguirlo sin incrementar el cupo docente de la ciudad habría que restar apoyos, una tarea “muy difícil”, según las fuentes consultadas.

El martes 3 de septiembre en los centros y diez días de “adaptación”

Los docentes deberán estar en sus destinos el martes 3 de septiembre, fecha en que los centros iniciarán su actividad, a fin de “participar en la evaluación del alumnado y en las tareas de organización del curso”. Aquellos con nuevo destino para el curso 2019-2020 deberán realizar todas las tareas derivadas de la evaluación extraordinaria en el centro de su anterior destino comunicando previamente a la Dirección del nuevo los días previstos para la ejecución de esas tareas.
Los interinos, en virtud de nombramientos expedidos para el próximo año escolar, se incorporarán en la fecha que se determine en sus respectivos nombramientos o credenciales, surtiendo efectos económicos dicha incorporación “desde la fecha de la toma de posesión en el centro”. “En ningún caso” se procederá a formalizar hasta que los directores notifiquen a la Dirección Provincial “la personación y efectiva asunción de sus tareas por los interesados”.
Las clases comenzarán el día 10 en Infantil, Primaria y Secundaria (el 18 en FP, la Escuela Oficial de Idiomas, la Escuela de Arte y el Conservatorio).
De acuerdo con la propuesta pedagógica de Educación Infantil de cada centro se llevará a cabo un período de adaptación de hasta diez días lectivos del alumnado de 3 años y de aquellos de esta etapa que se incorporen por vez primera al sistema educativo.

Sin alusiones a si el profesorado de Religión podrá “completar” su horario

Las Instrucciones de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial y de la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio para el inicio del curso 2019-2020 no hacen ninguna alusión, a diferencia de las del año pasado, a si el profesorado de Religión (32 docentes en la ciudad autónoma) podrá “completar” su horario de alguna forma.
El documento para el año escolar que acaba de terminar apuntaba que el profesorado que impartiese la asignatura de Religión y que “por motivos de planificación educativa” tuviese “un número inferior de horas lectivas semanales de dicha asignatura en relación a las del curso anterior” podría “completar su horario” con distintas actividades.
Por orden de prioridad se contemplaba que pudiesen encargarse, siempre con la acreditación de la Inspección Educativa, de “guardias de recreo; apoyo a las guardias y sustitución del profesorado ausente en actividades no lectivas; apoyo en la organización y funcionamiento de la biblioteca del centro; refuerzo y apoyo a actividades no lectivas del profesorado, fuera o dentro del aula, siendo en todo caso responsable de la actividad el profesor especialista que imparte docencia directa al grupo/clase; co-tutorías; coordinadores de convivencia; o en colaboración con el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares”.
En todo caso, el cómputo total de horas a compensar por todos esos conceptos no podía superar las horas de contrato del curso anterior “ni dar lugar a nuevas contrataciones”.

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