Marruecos

Expulsado a Marruecos un imán que ejercía en Extremadura (España)

Se trata de Yahya Benaouda, de 51 años, y la Policía le detuvo en Talayuela (Cáceres) donde residía desde hace más de dos décadas | Su abogada niega las acusaciones sobre presunto islamismo radical

El presidente de la comunidad islámica de Talayuela (Cáceres), Yahya Benaouda, quien fue detenido el martes por supuesta infracción a la Ley de Extranjería, fue expulsado a Marruecos el miércoles, según informaron fuentes policiales, desde el aeropuerto de Madrid-Barajas.

Yahya Benaouda, vinculado desde sus inicios a la asociación magrebí An-Nur, fue arrestado en la citada localidad cacereña por la Policía Nacional y trasladado inicialmente a la Comisaría de Cáceres. Al estar acusado de una presunta infracción de la Ley de Extranjería posteriormente fue decretada su expulsión de España.

Esta información, que ha sido seguida en los últimos días por varios medios españoles, especialmente en la comunidad autónoma de Extremadura donde se ha producido el arresto, apunta hacia acusaciones de propagación de islamismo radical.

Así, se ha informado que Benaouda, de 51 años, llevaba más de dos décadas residiendo en Talayuela, un municipio que según los datos estadísticos de 2018 apenas cuenta con 7.300 habitantes.

La operación policial se ha realizado envuelta en un gran secretismo y, tras su detención, su abogada, quien asegura que las acusaciones que se vierten contra él son falsas y que su cliente no pertenece a ningún grupo salafista ni al Islam radical, intentó paralizar sin éxito la expulsión que finalmente se habría producido. Por lo tanto, el imán ya estaría en suelo marroquí.

Según la información del periódico El Mundo, la Policía Nacional de España le acusa de infringir de manera "muy grave" la Ley de Extranjería. En concreto, apela al artículo 54, 1.a), donde se recogen las infracciones "muy graves", donde se hace referencia "a participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana".

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