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Los exámenes para títulos de embarcaciones de recreo, en octubre

Los requisitos, fechas y tarifas para realizar las solicitudes estarán abiertas entre el 1 y el 12 de septiembre, según consta publicado en el BOCCE

Por E.F.
18/05/2022 - 06:18
puerto-deportivo
Imagen de archivo

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El 29 de octubre de 2022. Esa es la fecha en la que, según el Boletín Oficial de Ceuta (BOCCE), se celebrarán los exámenes teóricos para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo en su segunda convocatoria. Así consta en el decreto emitido desde la Consejería de Juventud y Deporte donde pueden conocerse todos los detalles. Respecto a las solicitudes para acceder a los exámenes, y puesto que hay varias titulaciones a las que se puede obtener, se aclara que habrá que presentar una solicitud por cada titulación a la que se desee optar, con la correspondiente documentación en cada caso. El plazo para las mismas se iniciará el 1 de septiembre y concluirá, en el caso de que se haga mediante sede electrónica, alas 23.00 horas del 12 de septiembre.

Descarga el BOCCE aquí

En el plano económico, sobre el pago de los derechos de examen también se indica a cuanto ascienden. Para patrón para navegación básica 45,95 euros; patrón de embarcaciones de recreo 55,00 euros; patrón de yate 70,95 euros; y capitán de yate 88,70 euros. Estos son los cuatro títulos a los que se puede optar en la convocatoria citada.

Patrón para Navegación Básica

Para esta titulación (PNB) se deberán tener cumplidos los 18 años para poder realizar el examen teórico para la obtención de dicha titulación. No obstante lo anterior, podrán concurrir los/as aspirantes que deseen obtener única y exclusivamente el título de Patrón para Navegación Básica, menores de edad, que hayan cumplido dieciséis años para poder realizar igualmente los exámenes teóricos para la obtención de dicho título. Asimismo, podrán presentarse siempre que se acredite por escrito el consentimiento de sus padres o tutores, como así se estipula en el artículo 13.2 del Real Decreto 875/2014. Dicho consentimiento deberá constar en una Autorización firmada por dichos padres o tutores junto con la fotocopia de sus D.N.I., de acuerdo con el modelo que figura como ANEXO I de las Bases.

La prueba o examen para esta titulación se compondrá de 27 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 45 minutos.

Patrón de Embarcaciones de Recreo

Para esta titulación (PER) se deberán tener cumplidos los 18 años para poder realizar el examen teórico para la obtención de dicha titulación. Aquellos/as candidatos/as que se presenten al examen para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y no consigan superar la prueba en su totalidad, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del Patrón para Navegación Básica (PNB), se les reconocerá el aprobado para la expedición del título de Patrón para Navegación Básica (PNB). Asimismo se les reconocerá el aprobado, por un período máximo de dos convocatorias siguientes a aquella en la que se hubiera obtenido dicho aprobado en las que se realicen exámenes de Patrón de Embarcaciones de Recreo (Prueba Complementaria de PNB).

Todo ello en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

La prueba o examen para esta titulación se compondrá de 45 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 1 hora y 30 minutos.

Patrón de Embarcaciones de Recreo, (Prueba Complementaria de PNB)

Para esta titulación (PER, (Prueba Complementaria de PNB)) se deberán tener cumplidos los 18 años para poder realizar el examen teórico para la obtención de dicha titulación y que además, estén en posesión de la titulación de Patrón para Navegación Básica expedida por cualquier Administración con competencias, no siendo necesario aportarla aquellos/as interesados/ as con dicha titulación expedida por la Ciudad Autónoma de Ceuta, o bien, hayan obtenido el aprobado en el examen teórico para la titulación de Patrón para Navegación Básica y no hayan transcurrido más de dos convocatorias siguientes desde que se obtuvo dicho aprobado, el cual, sólo será valido en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Ceuta y con respecto a los exámenes que se hayan realizado a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 875/2014.

La prueba o examen para esta titulación se compondrá de 18 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 45 minutos.

En base a lo establecido en el Real Decreto 875/2014, la normativa IALA en la que se basarán los exámenes de Patrón para Navegación Básica (PNB) y Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), será la adoptada por Resolución del Presidente de Puertos del Estado de 8 de junio de 2010, por la que se aprueba el Nuevo Sistema de Balizamiento y Otras Ayudas a la Navegación.

Patrón de Yate

Para esta titulación (PATRÓN DE YATE) se deberán tener cumplidos los 18 años para poder realizar el examen teórico para la obtención de dicha titulación. Para la obtención del título de patrón de yate, se deberá estar en posesión de la titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER). No se permitirán informes, certificaciones o documentaciones parciales o de trámite a la hora de aportar la condición de titulación alegada anteriormente, con lo que se deberá estar en posesión de la titulación anterior expresada aportando para ello copia autenticada o cotejada de dicha titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), no siendo necesario aportar dicha copia por aquellos/as interesados/as a los/as que se les haya expedido la citada titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) por esta Ciudad Autónoma de Ceuta.

Aquellas personas que hubieran aprobado algún módulo de patrón de yate en Ceuta, podrán realizar el examen de aquel módulo que les falta. El aprobado del módulo sólo es válido en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Ceuta y se conservará únicamente durante las dos convocatorias siguientes, contadas a partir de la primera convocatoria que se realice tras obtener el aprobado de dicho módulo. Transcurrido dicho plazo las calificaciones de aquellos módulos aprobados dejarán de tener efecto, debiendo realizar nuevamente el examen para obtener el aprobado. En las relaciones de admitidos y excluidos correspondientes se reflejará en blanco aquel o aquellos módulos que los interesados deben realizar.

La prueba o examen para esta titulación se compondrá de 40 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 2 horas.

En relación a los módulos:

Módulo Genérico (Seguridad en la mar: 10 preguntas y Meteorología: 10 preguntas). Aquellas personas que realicen este Módulo dispondrán de un tiempo máximo de 45 minutos.

Módulo de Navegación (Teoría navegación: 10 preguntas y Navegación carta: 10 preguntas). Aquellas personas que realicen este Módulo dispondrán de un tiempo máximo de 1 hora y 15 minutos.

Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo. El aprobado del módulo se conservará por un período máximo de las dos convocatorias siguientes a aquella en la que se hubiera obtenido dicho aprobado, en las que la Ciudad Autónoma de Ceuta realice exámenes de Patrón de Yate. Asimismo el aprobado por módulos sólo será válido en el ámbito exclusivo de esta Ciudad Autónoma de Ceuta.

Capitán de Yate

Para esta titulación (CAPITÁN DE YATE) se deberán tener cumplidos los 18 años para poder realizar el examen teórico para la obtención de dicha titulación. Para la obtención del título de capitán de yate, se deberá estar en posesión de las titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY). No se permitirán informes, certificaciones o documentaciones parciales o de trámite a la hora de aportar la condición de las titulaciones alegadas anteriormente, con lo que se deberá estar en posesión de las titulaciones anteriores citadas aportando para ello copias autenticadas o cotejadas de dichas titulaciones de Patrón de Embarcaciones

de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY), no siendo necesario aportar dichas copias por aquellos/as interesados/as a los/as que se les haya expedido las citadas titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY) por esta Ciudad Autónoma de Ceuta.

Aquellas personas que hubieran aprobado algún módulo de capitán de yate en Ceuta, podrán realizar el examen de aquel módulo que les falta. El aprobado del módulo sólo es válido en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Ceuta y se conservará únicamente durante las dos convocatorias siguientes, contadas a partir de la primera convocatoria que se realice tras obtener el aprobado de dicho módulo. Transcurrido dicho plazo las calificaciones de aquellos módulos aprobados dejarán de tener efecto, debiendo realizar nuevamente el examen para obtener el aprobado. En las relaciones de admitidos y excluidos correspondientes se reflejará en blanco aquel o aquellos módulos que los interesados deben realizar.

La prueba o examen para esta titulación se compondrá de 40 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 2 horas y 30 minutos.

En relación a los módulos:

Módulo de Navegación (Teoría de navegación: 10 preguntas y Cálculo de Navegación: 10 preguntas). Aquellas personas que realicen este Módulo dispondrán de un tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos.

Módulo Genérico (Meteorología: 10 preguntas e Inglés: 10 preguntas). Aquellas personas que realicen este Módulo dispondrán de un tiempo máximo de 1 hora.

Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo. El aprobado del módulo se conservará por un período máximo de las dos convocatorias siguientes a aquella en la que se hubiera obtenido dicho aprobado, en las que la Ciudad Autónoma de Ceuta realice exámenes de Capitán de Yate. Asimismo el aprobado por módulos sólo será válido en el ámbito exclusivo de esta Ciudad Autónoma de Ceuta.

 

 

Tags: BOCCEJuventudMarítima y Transportes

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