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Los exámenes para los títulos de embarcaciones de recreo: fechas y cuantías

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) de este viernes 28 de junio ha publicado el decreto del consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, Nicola Cecchi, relativo a la segunda convocatoria de exámenes teóricos para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo para noviembre de 2024.

El documento hace referencia específica a la obtención de las titulaciones náuticas de recreo de capitán de yate, patrón de yate, patrón de embarcaciones de recreo y patrón para navegación básica, las cuales se regirán por sus respectivas bases.

La fecha para la realización de los exámenes será el 23 de noviembre de 2024 para las titulaciones para patrón para navegación básica, patrón de embarcaciones de recreo, patrón de embarcaciones de recreo (Prueba Complementaria de PNB) y patrón de yate.

En el BOCCE de este viernes también se ha dejado claro que para la participación en la convocatoria existe un periodo de presentación de solicitudes que comienza el 18 de septiembre de 2024 y finaliza el 2 de octubre de 2024, con la aclaratoria de que será hasta las 22:00 horas en caso de tramitar la solicitud en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta.

En lo que respecta a los derechos de examen, cuyos detalles puede consultar aquí, esta deberá realizarse preferentemente mediante transferencia a la cuenta corriente habilitada por este Instituto Ceutí de Deportes.

La cuantía de los derechos de examen son para patrón para navegación básica 51,95 euros, para patrón de embarcaciones de recreo 62,15 euros, para patrón de Yate 80,25 euros y para capitán de yate 100,25 euros.

Hay que recordar que como parte de los requisitos generales para los aspirantes, es necesario "tener cumplidos dieciocho años de edad para poder realizar los exámenes teóricos para la obtención de los títulos".

Esto con la aclaratoria de que "podrán concurrir los aspirantes que deseen obtener única y exclusivamente el título de patrón para navegación básica, menores de edad, que hayan cumplido dieciséis años para poder realizar igualmente los exámenes teóricos para la obtención de dicho título, siempre que tengan el consentimiento de sus padres o tutores", agregando que "dicho consentimiento deberá constar en una Autorización firmada por dichos padres o tutores junto con la copia de sus DNI".

Adicionalmente se explica que una vez aprobado el examen teórico correspondiente, es obligatorio "no padecer enfermedad o defecto físico que impida la posterior expedición de cualquiera de los títulos mencionados de acuerdo con la normativa estatal vigente en la materia, debiéndose acreditar mediante el documento oportuno la superación de un reconocimiento psicofísico ajustado a lo establecido en la normativa vigente, a la hora de solicitar la expedición del título".

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