Categorías: Tribunales y justicia

Evita ir a prisión tras ser condenado por tratar el pase oculto de dos sirios

La pena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, de 7 meses y medio de cárcel, queda suspendida durante dos años

Un antiguo residente del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta fue ayer condenado en la Sala de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por la comisión de un delito contra los derechos extranjeros a una pena de 7 meses y 15 días de prisión, tiempo sensiblemente inferior a la que se hubiera impuesto en caso de no haberse aplicado, como así sucedió, el nuevo artículo que sobre este delito presenta el Código Penal en la última reforma y que entró en vigor el día 1 del presente mes.
Asimismo, sobre la condena impuesta cabe destacar también que la misma fue dictada de viva voz por el tribunal juzgador al término de la vista, y toda vez que el encausado hubiera reconocido el cargo penal que sobre él recaía y mostrado acto seguido conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Público. La pena privativa de libertad impuesta no deberá ser cumplida puesto que quedó sustituida por una suspensión de dos años, tiempo en el que, como así fue advertido, el condenado no podrá incurrir en delito alguno puesto que, de ser así, ingresaría de inmediato en un Centro Penitenciario para cumplir la totalidad del tiempo impuesto ayer. Igualmente, en idéntico lapso, el joven no podrá pisar Ceuta, razón que, de ser advertida por agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, sería causa también de ingreso inmediato en prisión.
De tal manera se resuelve un caso que tuvo su origen a principios de año, en concreto el 12 de enero de 2015, jornada en la que el condenado acordó con dos hombres de nacionalidad siria e indocumentados el traslado oculto en un bote pesquero a cambio de 1.800 euros, un operativo que tenía como fin alcanzar tierra peninsular, donde los sirios querían llegar.
No obstante, la operación fue abortada tras una ardua y eficaz investigación llevada a cabo por agentes del Cuerpo Nacional y, finalmente, resuelta ayer de manera judicial por la Audiencia Provincial.

Otro caso resuelto con la doctrina de la reforma del CP

El caso resuelto ayer es uno más dentro de los primeros que se sentencian en la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta desde que entrara en vigor la reforma del Código Penal español, y por este motivo cabe recordar que el nuevo texto contempla que si no ha existido riesgo para la vida (por ejemplo pasar a un inmigrante tapado con una manta) ese delito será penado con una multa. A diferencia de antes de la reforma, se suavizan las penas de cárcel que ‘solo’ se dejan para casos en los que haya riesgo para la vida o exista ánimo de lucro o se dé la circunstancia de que haya menores.

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