La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación formulado por la Defensa de Muhammad A.M., apodado ‘Loquillo’, confirmando íntegramente la pena de 21 años y 6 meses de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por el asesinato del menor Youssef Ikioui, ocurrido en la barriada del Príncipe en julio de 2015.
En su resolución judicial, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, el TSJA rechaza los motivos argumentados por la representación procesal de ‘Loquillo’ que sostuvo su recurso en una infracción del principio de presunción de inocencia y en una falta de motivación del veredicto emitido por el Jurado en marzo de este año.
Consideró la Defensa que “atendida la prueba practicada en el juicio, carece de toda base razonable la condena impuesta, existiendo por tanto error en la apreciación de la prueba por vulneración de las normas resultantes para su aplicación”. Argumentó en su recurso que “no quedó acreditada la participación del acusado en los hechos enjuiciados” y ello en razón de que “en dicho veredicto se otorga suficiencia como prueba de cargo al único testigo directo de los hechos, en unión de un policía que intervino en su declaración policial, pero sin razonar el porqué y sin exponer cuáles son los detalles que dotan de verosimilitud a ambos testimonios, además de no analizar las contradicciones puestas de manifiesto por la defensa”.
El TSJA advierte que habría falta de motivación cuando “no es posible saber por qué el Jurado ha declarado probados o no determinados hechos”, algo que no sucedió en el caso de marras puesto que las personas elegidas para dilucidar el futuro de ‘Loquillo’ ante la Justicia tuvieron claro que el acusado era culpable porque se apoyaron en la “credibilidad que le merecieron los elementos probatorios”, aportando una explicación clara de sus motivos aunque la misma no fuera de la cuerda de la Defensa, que puede discrepar del posicionamiento que los jurados adoptaron.
El TSJA no solo ha valorado que el “veredicto estuvo suficientemente motivado” sino que además ha justificado que las pruebas que sostuvieron la culpabilidad de ‘Loquillo’ fueron adecuadamente tenidas en cuenta. Se planteó una discrepancia en base a las declaraciones del único testigo del crimen, quien nada más producirse el asesinato señaló a ‘Loquillo’ como el autor pero en el acto de juicio oral se desdijo. ¿Cómo valorar esas contradicciones? Se planteó la cuestión de si las declaraciones en instrucción pueden servir para una condena en un procedimiento de tribunal de jurado. En el caso de marras hubo un gesto clave: el interrogatorio del testigo llevado a cabo por parte del Ministerio Fiscal, cuyo representante pudo evidenciar con sus preguntas las serias contradicciones del testigo, consiguiendo que su declaración en instrucción fuera tenida en cuenta por el Jurado. Y ahí radica la clave: que los jurados pudieron tenerla en cuenta y valorar qué versión consideraban más creíble, la prestada nada más producirse el crimen o la ofrecida años después. Una versión que además venía corroborada por detalles como las manifestaciones del policía que le tomó declaración y que consideraba que en ese momento el testigo no faltaba a la verdad, además de detalles como el hecho de que el acusado permaneciera fugado durante mucho tiempo antes de entregarse de manera voluntaria.
Con la decisión del TSJA se da por válida la sentencia dictada por la Sección VI de la Audiencia en base al veredicto del Jurado, en la que se consideró además de la pena de prisión (20 años por asesinato y uno y medio por tenencia ilícita de armas) el establecimiento de medidas de alejamiento y destierro respecto de la familia de Youssef.
Contra el fallo del TSJA, solo cabe recurso ya ante la Sala del Tribunal Supremo.
La Historia
¿Qué pasó?
Asesinato a sangre fría
Youssef Ikioui murió de un disparo a bocajarro en el barrio del Príncipe el 24 de julio de 2015, cerca de las escaleras que dan acceso al Polifuncional de la barriada. Era un adolescente de solo 16 años y murió prácticamente al momento. Su asesino escapó al momento, pero esa misma noche la Policía ya contaba con declaraciones de un testigo que apuntaba al apodado ‘Loquillo’ como el autor. La Policía no pudo detenerlo porque había escapado, aunque siempre se sospechó que había personas que lo tenían escondido en alguna vivienda del Príncipe.
Juicio
Dos versiones
El Jurado se enfrentó a dos versiones durante el desarrollo de las distintas sesiones. Pero fue determinante el que se tuviera en cuenta las contradicciones del único testigo de los hechos. La Audiencia en su sentencia recalcó que se trató de un asesinato “frío y planificado” .
‘Loquillo’
Su perfil
En la condena que ha ratificado el TSJA se señala que es una persona no ajena al mundo de las armas y ligado a un ámbito en el que el respeto por el cumplimiento de las normas no existía.
Sigue aquí todo el caso de la muerte de Yousef
Nordicos..," veravbierde"
Y los trogloditas?