El Tribunal Supremo ha resuelto que el derecho a la libertad de expresión ampara a aquellos militares que expresen críticas en público al Ejército porque, realizadas con mesura, no pueden ser tomadas como un ataque a la disciplina o a la cohesión interna.
Precisamente estos pretextos fueron los que sirvieron a las Fuerzas Armadas para encerrar un mes y un día al subteniente del Ejército de Tierra y presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo, quien había pedido en dos entrevistas que los gastos en festejos fueran destinados a mejorar las condiciones laborales de sus compañeros.
En una sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso eldiario.es, los magistrados dan la razón a Bravo, ordenan que se elimine la sanción de su expediente y se le indemnice con 60 euros por cada día que pasó encerrado. Pero más allá de la situación personal del subteniente, el fallo supone un antes y un después en los derechos de los militares –y de los guardias civiles, como reitera la sentencia- al fijar unos estrictos límites a la cúpula militar para sancionar a aquellos que muestren en público sus discrepancias con la forma que tienen de administrar las Fuerzas Armadas.
La ponente del fallo, Clara Martínez de Careaga, reconoce que “las características de profunda jerarquización, disciplina y unidad, que resultan indispensables a la organización militar para poder cumplir sus fines, justifican limitaciones a la libertad de expresión”, para a continuación recalcar que eso “no excluye cualquier crítica, o defensa ponderada de los derechos de los integrantes de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil, siempre que se exprese con moderación y respeto”.