La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una Orden que pone fin a la vía administrativa y en virtud de la cual deniega la solicitud de la representación del Colegio San Agustín para proceder a la ampliación de una unidad de primer ciclo de Educación Infantil primer ciclo en el centro privado de la ciudad autónoma. La Orden publicada no explicita las razones de la resolución, sobre la que detalla que será la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial la que notifique su contenido.
El centro educativo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional “en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma”.
La titularidad del centro, la Provincia Agustiniana del Santísimo Nombre de Jesús de España, podrá reiterar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECyD) “la solicitud de un nuevo procedimiento de modificación de la autorización de apertura y funcionamiento” para dicho colegio “siempre que se cumplan los requisitos mínimos que, en cuanto a instalaciones, señala la legislación vigente y, en todo caso, a partir del siguiente curso escolar”.
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