El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) ha abierto dos convocatorias para la concesión de subvenciones para facilitar la autonomía personal residentes en Ceuta y para el colectivo de personas mayores durante el año 2010. El crédito total asignado para este ejercicio asciende a un máximo de 450.000 Euros. De esta cantidad, 100.000 euros se han destinado a las subvenciones para facilitar la autonomía personal y las restantes para personas mayores.
En cuanto a la convocatoria de subvenciones para facilitar la autonomía personal, subvenciones pueden ser solicitadas en un plazo de treinta días hábiles de acuerdo con los siguientes requisitos: Tener reconocida la situación de dependencia, valorado el grado y nivel de la misma, y ser titular de los derechos establecidos en la mencionada Ley, en los términos previstos en el artículo 5 de dicho texto legal; tener reconocido el Grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2 o el Grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2; residir en la Ciudad de Ceuta o en la Ciudad de Melilla; tener acreditada la necesidad de precisar la ayuda técnica, el instrumento, las obras de accesibilidad y/o las adaptaciones del hogar solicitadas; haber justificado, en su caso, las subvenciones recibidas en convocatorias anteriores y otras ayudas económicas recibidas con anterioridad; no estar incursos en las prohibiciones que, para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas, se establecen en el apartado 2 del artículo 13 de la LGS; y no haber percibido en los últimos tres años ayudas con el mismo fin que las solicitadas al amparo de la presente convocatoria, salvo que la ayuda sea complementaria.
En lo que se refiere a la convocatoria de subvenciones para personas mayores, ésta es para personas con los siguientes requisitos: acreditación, en su caso, de la representación legal del solicitante; declaración, en su caso, del guardador de hecho; libro de familia, en caso de personas solicitantes que dependan económicamente de la unidad familiar de convivencia y tengan su residencia habitual en el domicilio familiar; documentos acreditativos de los ingresos de la persona solicitante; presupuesto o factura, debidamente conformados, que justifique el coste de la subvención solicitada; prescripción médica, o informe de los servicios sociales, que justifiquen la necesidad de la subvención solicitada; aquellos que, en su caso, puedan ser solicitados expresamente por el órgano competente; y prescripción médica, o informe de los Servicios Sociales del Imserso que justifiquen la necesidad de la subvención solicitada.
El crédito disponible asciende a 350.000 euros distribuidos: 345.000 euros para personas físicas y 5.000 para asociaciones. El plazo de presentación será de dos meses contados a partir de ayer.
Para cualquier información, los interesados pueden consultar las bases de la convocatoria publicadas en los Boletines Oficiales del Estado de fechas 4 de mayo así como personalmente en la Dirección Territorial del IMSERSO sita en Avda. de África s/n. Teléfono 956522907.
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