El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto Ley que, entre otras medidas, incluye diversos cambios para “mejorar la integración de las empleadas del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social”. Entre las modificaciones más significativas se cuenta la que establece que a partir de ahora tendrán la consideración de “sujetos responsables del cumplimiento de las obligaciones en materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, así como de cotización y recaudación” tanto los empleados que presten sus servicios durante un tiempo inferior a 60 horas mensuales como sus empleadores.
Con el régimen jurídico vigente hasta ahora, el sujeto obligado a presentar las solicitudes y comunicaciones de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los empleados de hogar era el titular del hogar familiar.
Además, el Ejecutivo de la Nación ha decidido reducir a la mitad los tramos de la escala por la que se determinan las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales en el Sistema Especial “a fin de simplificar y equilibrar las bases de cotización, cuya aplicación resulta excesivamente complicada para la gestión”.
El efecto de esta reducción significará “una mejora en las futuras prestaciones”.
La nueva norma alumbrada en el Consejo de Ministros de ayer sustituirá a la que entró en vigor el pasado 1 de enero, que reconoce que a cualquier trabajador doméstico el derecho a un contrato escrito y que exige que las familias coticen por su empleadas de hogar desde la primera hora trabajada, frente al modelo anterior, que sólo obligaba a partir de veinte horas semanales.






