Categorías: Tribunales y justicia

El Fiscal sorprende, rebaja la petición a un año de cárcel y la indemnización

Tras muchas horas de juicio, ya en la sesión de tarde llegó el momento de la lectura de los informes por las partes. Y llegó también el momento de la sorpresa, protagonizada por el Ministerio Fiscal. Rebajó notablemente la calificación pasando de solicitar 4 años de cárcel para cada uno de los imputados por un presunto delito de homicidio por imprudencia profesional grave a pedir sólo uno además de los tres de inhabilitación profesional. También rebajó la petición de responsabilidad civil a la que tendría que hacer frente el Ingesa: pasando de los 500.000 euros iniciales a 200.000.

El representante del Ministerio Fiscal interesó una sentencia condenatoria basándola en una serie de irregularidades que, a su juicio, se habían entremezclado en toda esta historia. Sentenció que el acusado J.J.Q.G. no era la persona indicada para haber atendido a los neonatos y consideró “reprochable desde el punto de vista penal” que el otro médico imputado: S.O.A. se quedara en su casa hablando por teléfono con su compañero. Para el Fiscal fue irregular que antes del parto ya presupusieran que los neonatos no eran viables cuando se estaba ante una historia que “rozaba el límite” por lo que resultaba fundamental el examen de los niños. Insistió en que los padres de los niños no habían aceptado esa no asistencia y recalcó como testimonio objetivo, dentro de la ristra de testificales de especialistas que han depuesto en la sesión de ayer y en la del día 16, el de las forenses que sí habían reclamado la necesidad de que se hubiera adoptado una conducta activa con los recién nacidos. Para el Fiscal no cabe duda alguna sobre la “imprudencia grave” cometida ya que “nada se hizo por ellos”.
Por su parte  el letrado de la Acusación Particular, José Luis Ortiz,  mantuvo las penas solicitadas de 4 años por el homicidio imprudente y 12 meses por el delito de intrusismo amén de una responsabilidad de 500.000 euros. Su informe fue el que mayor carga subjetiva tuvo, llegando a decir que los niños “murieron agonizando lentamente... eso no se hace ni con los animales”. Frase que levantó cierto revuelo contenido en una sala llena de público del sector sanitario que acudía en apoyo de los imputados. Para Ortiz, el delito de intrusismo se da porque a los dos imputados les falta la titulación para la especialidad de Pediatría por lo que interesa una sentencia condenatoria. Asimismo tampoco cabe absolución en el caso de la negligencia médica al considerar que la actuación de ambos fue presuntamente inadecuada.Al igual que hiciera el Fiscal fue especialmente duro con el médico S.O.A. al considerar que al no acudir al Hospital mostró un “desprecio a la asistencia sanitaria” ya que estaba de guardia... “y no se dignó a bajarse de la cama para ver a los niños cuando un médico tiene que ver al paciente”. Al igual también que el Ministerio Público recalcó el valor de la testifical de las forenses que hablaron de mala praxis médica y que defendieron la reanimación de los neonatos. “No se luchó por ellos, un médico lo menos que tiene que hacer es una exploración....”, denunció, lamentando que ni tan siquiera se hubiera abierto una historia clínica tratando a los mellizos como productos abortivos. “Los niños nacieron”, sentenció, “y el verlos era básico”. De igual forma Ortiz llegó a considerar que los neonatos se convirtieron, al durar más tiempo de lo previsto, en “molestos para el hospital” denunciando que en este caso se ha metido “la pata hasta el corvejón” ya que los niños “murieron de hambre y de frío”. Habló de que en la muerte de estos niños se ha dado un cúmulo de despropósitos a todos los niveles  y que ellos eran “los más desamparados” en esta historia.

 

El Ingesa y la aseguradora, unidos en la causa

Tanto la letrada del Ingesa, Mina Mohamed, como el de la compañía Zurich (que tiene como cliente al Hospital), Eduardo Asensi, fueron de la mano a la hora de defender la inexistencia de responsabilidad del Ingesa y, por lo tanto, el que no quepa lugar al abono de una indemnización. La abogada Mohamed defendió la profesionalidad de los médicos e insistió en que los padres estuvieron informados desde el primer momento por lo que no cabe concluir la existencia de negligencia alguna. Por su parte el abogado Asensi aclaró que “de facto” no podía existir el delito de intrusismo porque ambos médicos tenían esa profesión y que tampoco se daban los condicionantes para entender que existía un error de tal calibre que pueda dar lugar a la existencia de una responsabilidad penal o civil por parte de los médicos.

 

La defensa lamenta el “linchamiento mediático” sufrido por sus clientes

Al abogado Guillermo Martínez le tocó exponer el informe de defensa de los dos médicos imputados y lo hizo con una exposición breve y concisa. Dio importancia a lo que los demás no han querido dar: al ingreso que días antes del parto tuvo la madre de los niños en Sevilla por una infección urinaria. Para Martínez esa infección resultó clave para el desenlace posterior. Insistió en que la edad gestacional era de 24 semanas y que por tanto no había opción alguna para aplicar tratamiento a los neonatos, considerando igual de reprochable el habérselo dado si esos niños no eran viables porque incidiría en su sufrimiento. Para Martínez la postura médica fue la correcta y en ningún momento se produjo una “dejación, abandono o descuido grave” por parte de sus clientes, por lo que no cabe que puedan ser acusados penalmente del delito de homicidio por imprudencia profesional grave. Lamentó que durante todo este proceso judicial de casi seis años sus patrocinados han sufrido un auténtico “linchamiento mediático” al difundirse informaciones sobre el caso parciales con lo cual la información que llegaba al final era “sesgada”. Defendió además todo el trabajo hecho así como la historia clínica realizada en la que se hizo constar el consentimiento de los padres a no administrar tratamiento alguno. “Las historias clínicas no se inventan”.

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