Categorías: Tribunales y justicia

El caso de los disparos a un hombre en el Príncipe en 1997 llega a la Audiencia

El juez del Penal número dos dictó en junio sentencia absolutoria para los cinco acusados, entre ellos ‘Tafa Sodia’ y ‘Toss’, que en un principio se enfrentaban a condenas de hasta siete años de prisión por unas lesiones.

El caso de los disparos que recibió  un hombre -Ismael- en la barriada Príncipe Alfonso en el año 1997 sigue coleando y ahora, tras cuatro meses desde que el magistrado del Penal número dos dictará sentencia absolutoria, será el tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta el que revise lo sucedido tanto el día de los hechos como durante el juicio celebrado en junio para ratificar el fallo actual o modificarlo en el sentido que crea oportuno. Fue la acusación la que, tras conocer la sentencia, decidió recurrirla.
En el juicio se sentaron en el banquillo de los acusados cinco personas que en su día fueron relacionados con otras causas, como Mustafa A., conocido como ‘Tafa Sodia’, Said A., conocido como ‘Toss’, Abdeselam C., conocido como ‘Manteca’, Mustafa M., al que llamaron ‘Tapiño’, y Rachid M. Gran parte de ellos fueron relacionados en su momento con una supuesta banda criminal que presuntamente estaba encabezada por el primero de los mencionados. El Ministerio Fiscal solicitaba en su escrito de acusación 5 años de prisión para cada uno de ellos, así como el pago de 10.000 euros en concepto de indemnización solidaria para la víctima del tiroteo. Por su parte, la acusación particular pidió además de lo solicitado por el Ministerio Público la imposición de 2 años más de cárcel por un presunto delito de amenazas y unas indemnizaciones de 18.000 euros para los familiares de la víctima y de 40.000 euros para el propio denunciante.
Los hechos que ahora llegan a la Audiencia Provincial para su estudio tuvieron lugar el día 22 de octubre del año 1997 sobre las 20.30 horas en las inmediaciones del Ángulo, en el acceso a la barriada Príncipe Alfonso. Según el escrito de acusación, la víctima iba en un coche acompañado por algunos de sus familiares y un amigo cuando, presuntamente, a la altura del puente del Quemadero ‘Tafa Sodia’ acompañado por los otros acusados, todos ellos armados con pistolas, obligó al vehículo de los afectados a parar, sacando al conductor del coche y disparándole en, al menos, dos ocasiones en la pierna izquierda. Mientras tanto sus familiares podrían haber sido retenidos por los otros acusados, que estarían alentando al primero. Eso al menos fue lo que afirmaron durante la vista oral del pasado mes de junio los denunciantes.
Los entonces acusados negaron haber participado en estos hechos y aportaron diferentes coartadas. ‘Tafa Sodia’ dijo que estuvo en el gimnasio jugando al ‘squash’ y luego viendo un partido de fútbol. ‘Toss’ explicó que se encontraba en un restaurante cenando con su familia. ‘Manteca’ adujo haber estado en Sevilla  y ‘Tapiño’ con su familia en casa. El único que admitió haber estado en el lugar de los hechos, aunque como testigo, fue Rachid M.

Sentencia 165/2010: motivos de una absolución

La sentencia número 165/2010 fue la que absolvió a los cinco acusados del tiroteo acaecido en el Príncipe en el año 1997. En ella, el juez expuso muy claramente los principales motivos del fallo, que no eran otros que la falta de pruebas de cargo que enervaran el principio de presunción de inocencia y las contradicciones en las que habían incurrido tanto los denunciantes como sus familiares. El magistrado tampoco se creyó las versiones exculpatorias de los acusados y resaltó la vaguedad de los testigos presentados para reforzar las coartadas. “Este juzgador ostenta dudas en orden a la apreciación de las declaraciones de los diversos testigos propuestos por la defensa (...) en lo relativo a su objetividad e imparcialidad”, señalaba.
Otros motivos que el juez alegó en su sentencia es que “no se ha determinado el móvil, razón, causa o fundamento que pudieran tener los acusados para llevar a cabo la conducta que se les imputa” y recordó que el Ministerio Fiscal y el juez instructor ya llegaron a la conclusión de que no estaba acreditada la autoría de los hechos y el caso fue sobreseido. El juez dijo que “nada se ha aclarado sobre los hechos” y aseguró que la prueba practicada en el juicio era claramente “insuficiente”.

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