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El actual “amplio margen de goce de derechos” del extranjero en España

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ceuta, Miguel Ángel Cano, pronunció ayer una ponencia titulada ‘Los extranjeros en el ordenamiento español’ dentro de ‘Reflexiones sobre Extranjería e Inmigración’, uno de los cuatro Cursos de Verano que hasta hoy se han impartido bajo el impulso de la UGR y la

Ciudad Autónoma en el Campus Universitario. Ante los alumnos inscritos en la propuesta coordinada por Carmen Morón, el juez repasó la dimensión jurídica y política del estatus del extranjero y del nacional; su presencia en la tradición jurídica castellana y, una vez superada la Revolución Francesa, la condición que actualmente se da a la luz de la Constitución y del ordenamiento jurídico vigente al foráneo en España.
A juicio del magistrado la Carta Magna de 1978 “mantiene la defensa del vínculo nacional con la preeminencia del ‘ius sánguinis” y “proclama expresamente que los extranjeros tendrán en nuestro país los derechos que las leyes les reconozcan”. En ese sentido la legislación moderna española de extranjería ha tendido a “reconocer un amplio margen de libertad y de goce de derechos a los foráneos llegando en muchos aspectos a la equiparación”. “El mundo globalizado, la inmigración creciente y la confederación de España con otros países de Europa desde 1986 han dirigido”, señaló Cano, “la acción de los sucesivos gobiernos a garantizar sobremanera las libertades y derechos del extranjero”.
Históricamente no siempre ha sido así. En su repaso recordó que en Roma y en la polis griega “la ciudadanía confería el derecho a la participación política” y que en la Edad Media “eran la servidumbre y luego el sometimiento al ‘imperium’ del monarca los que mantenían los estados”.
“Se mantuvo durante la República un estricto derecho de ciudadanía por derecho de sangre pero la extensión del Imperio y la acuciante necesidad de preservar el poder obligó a extender la ‘civitas’, primero a los italianos y luego a todos os habitantes libres del Imperio con el Edicto de Caracalla del año 212 después de Cristo”.

 

La expulsión de los judíos antes del “nuevo orden”

El ponente hizo mención especial a la “especial regulación” que en la Tradición Jurídica Castellana se dio a los judíos, “tan españoles y tan extraños”. “Si su asentamiento data de dos milenios, su lealtad y amor a Sepharad se mantuvo siempre a prueba y los hoy llamados sefardíes fueron sometidos a un fuero especial que buscaba la pureza de la Fe y con el nacimiento del Estado moderno, la homogeneidad política y social”. El proceso concluyó con su expulsión, decretada en 1492. Después, las revoluciones burguesas alumbraron “un nuevo orden y un nuevo sujeto político: la nación”.

 

El papel del “mero miedo” en las distintas legislaciones

“La justicia es la constante voluntad de dar a cada uno su derecho”. De esa máxima jurista romana partió la conferencia impartida por el magistrado Miguel Ángel Cano en el Campus Universitario, ponencia en la que advirtió que a menudo “pensamos que las naciones son regidas por leyes consagradas a un bien común o un valor superior pero en muchísimos casos lo que hay tras la acción política y jurídica es el mero miedo, sea este real o imaginario”.
“Se suele repetir”, abundó, “que el miedo interior ha conformado el nacimiento de las naciones y que, por el contrario, el miedo exterior daría origen a los imperios”. “De las tres grandes pasiones que, junto con el miedo, modelan las relaciones de poder, la libertad, el deseo de la fama y el enriquecimiento”, reflexionó, “siempre ha prevalecido la tentación de sacrificar solo la primera a la necesidad de la seguridad”.
“El origen de los pueblos”, alertó, “debe ser buscado en el primitivo trueque de libertad por seguridad: en el grupo se encuentra el cálido cobijo de los iguales y fuera solamente queda el extraño al grupo, el extranjero”.
En ese sentido, Cano recordó que “no es una pasión menor la del que se ufana de pertenecer al grupo” pues “fuera únicamente espera la alienación”, como demuestra la Historia según su rememoración.

 

Los Cursos de Verano, una apuesta por “pensar” más que por “enseñar”

La Universidad de Granada (UGR) pondrá hoy a última hora de la tarde el punto final a la XXVI edición de sus Cursos de Verano en Ceuta, una iniciativa respaldada por la Ciudad Autónoma que más que limitarse a “enseñar” persigue instar a “pensar” y a debatir, según su responsable general, Carmen Villaverde, y los coordinadores de las distintas propuestas planteadas este año bajo los títulos de ‘Reflexiones sobre extranjería e inmigración’, ‘La felicidad, objetivo de las Ciencias de la Salud’, ‘Una perspectiva crítica de la crisis: alternativas desde una ciudadanía activa’ y ‘Desigualdad de género y violencia contra la pareja’.
Una treintena de ponentes han pasado por todos ellos. Ayer en el relativo a extranjería e inmigración además del magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 de Ceuta participó la decana del Colegio de Abogados de la ciudad autónoma, Isabel Valriberas, que hizo su aportación al enfoque global sobre “aspectos éticos, económicos, judiciales, policiales y demográficos” que planteó el curso.

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