{jaimage crop="MR" /}La Justicia admite que los interinos tienen derecho a recibir este concepto de forma retroactiva. Los servicios jurídicos de FETE-UGT han conseguido, en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en contradicción con aquello prescrito en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, MECyD, deba pagar a 48 docentes de Ceuta, afiliados a este sindicato, unos 170.000 euros en total.
La central recordó la aprobación en 2007 del EBEP por el cual se reconoció en el “mismo derecho de los funcionarios interinos a cobrar los trienios, pero señalando su artículo 25.2, los efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo”.
Según FETE-UGT, “discrepábamos de esta restricción, porque creíamos que los interinos tenían derecho a cobrar los trienios con efectos retroactivos de los últimos cuatro años, como marca la legislación para las reclamaciones ante las Administraciones Públicas”. Por este motivo, señaló la representación de los trabajadores, realizaron un estudio para saber cuántos afiliados podrían cobrar los los trienios con esos efectos retroactivos de cuatro años que defienden los ugetistas. Una vez localizó UGT al colectivo perjudicado, sus servicios jurídicos formularon la reclamación correspondiente en 2008 “iniciando una larga batalla jurídica contra el MECyD”.
“Desgraciadamente”, aclaró este sindicato, “los únicos docentes que se van a beneficiar de esta sentencia son nuestros 48 afiliados, muchos de los cuales aprobaron las oposiciones y han dejado de ser interinos”. UGT sostuvo que el suyo fue el único sindicato que inició esta reclamación para sus afiliados, “que si hubiera sido secundada por el resto, habría beneficiado a muchos más docentes que también tenían derecho”.
Esta representación de los trabajadores subrayó que la resolución del Tribunal demuestra la “solvencia, seriedad y buen hacer de los servicios jurídicos de FETE-UGT, tan importante como cuando consiguieron el pago de los sexenios de varios interinos”.






