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La diferencia entre tráfico de drogas y autoconsumo vale 6 años de cárcel

Visto para sentencia un juicio en el que se acusa a un hombre de tráfico de drogas tras ser detenido con 181 papelinas de cocaína y heroína en la Gran Vía

Hay una línea que acostumbra a ser muy difusa que separa la toxicomanía del tráfico de drogas. El consumo de estupefacientes de forma abusiva y durante prácticamente una vida anula al ser humano hasta el punto de hacerlo dependiente de esas sustancias llegando a obrar sin control. Este martes el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio en el que se acusa a un varón de tráfico de drogas.

La pena de cárcel a la que se enfrenta es elevada: 6 años y multa de 10.796 euros. El Ministerio Fiscal considera que la droga que portaba estaba destinada a su tráfico mientras que la Defensa mantiene que era para su consumo habiendo hecho acopio de estas sustancias dentro de un estado de necesidad elevado. La diferencia entre una y otra versión vale 6 años de prisión.

Es lo que tiene que determinar el tribunal del máximo órgano judicial en nuestra ciudad que tuvo que encomendar a la Policía Nacional la búsqueda del acusado al no haberse personado a la sesión judicial fijada para hoy.

Cocaína, heroína y dinero

Los policías que lo detuvieron el 3 de octubre de 2022 han sido claros al manifestar que consideran que la cantidad de droga que portaba era para el tráfico. Tenía 181 papelinas de las cuales 158 eran de cocaína y 23 de heroína. Además se le incautaron 17 comprimidos de Alprazolam. Junto a la droga llevaba 1.143 euros en billetes de distinto valor.

Solo unos días antes de detenerlo en la Gran Vía cuando bajaba de un taxi con la droga y evitar que se autolesionara más al golpearse contra un muro, los mismos agentes le habían propuesto para sanción al llevar 40 papelinas de droga. Ha sido detenido en más ocasiones.

El acusado, cuyo estado ha sido constatado por la propia Sala, ha manifestado que no quería traficar con droga sino que la llevaba a su casa para guardarla e ir consumiéndola. Compró así para tener durante varios días.

Del tráfico al autoconsumo, la diferencia

Fiscalía no le cree y mantiene que esa cantidad no puede ser para su autoconsumo, además de evidenciar que es impropio de una persona llevar tanta cantidad de dinero encima y menos si se acaba de venir del Príncipe para realizar ese tipo de adquisiciones ya que siendo toxicómano se habría gastado ese dinero.

Ha manifestado en su informe que no está acreditado que el acusado esté en tratamiento o afectado por algún tipo de trastorno.

La Defensa aludió a las adicciones y tratamientos recibidos por su cliente durante años y años de consumo de drogas, tratándose de una persona politoxicómana que sufre actualmente trastorno por depresión. Pidió sentencia absolutoria, que se tuviera en cuenta una atenuante muy cualificada por su grado de adicción y que, de ser condenado, esa pena se supeditara al ingreso en un centro.

Sobre la cantidad de dinero que portaba indicó que podría tratarse de la pensión que había cobrado y que llevaba encima.

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