Las personas mayores de 65 años y quienes estén próximos a alcanzar esta edad, incluyendo los vecinos de Ceuta, deben tomar en cuenta las limitaciones que afectan a unos 250.000 conductores y que con carácter personalizado aplica la Dirección General de Tráfico (DGT), así como aquellas que se están considerando.
Y es que la DGT, ante el aumento del colectivo de conductores mayores de 65 años, implementa restricciones de circulación adaptadas individualmente a cada caso, en lugar de retirar el permiso de conducir basándose únicamente en la edad.
Es fundamental destacar que, según la normativa española vigente, la edad por sí sola no es motivo para la retirada del carnet. Esta política se sustenta en estudios que demuestran que las personas mayores de 65 no registran un índice de siniestralidad superior al resto de la población. Si bien pueden experimentar una disminución en los reflejos, suelen compensarla eficazmente con su experiencia y prudencia al volante.
Estas restricciones de circulación son medidas individualizadas que buscan la protección del conductor y de su entorno, aplicándose únicamente a aquellos conductores mayores con condiciones específicas que exigen una cautela adicional.
Las limitaciones se documentan mediante códigos numéricos en el reverso del permiso, acotando la conducción a escenarios seguros. Ejemplos de estas condiciones incluyen la prohibición de conducir de noche, el establecimiento de un límite de kilómetros para alejarse del domicilio, o la obligación del uso de gafas o audífonos.
Estas medidas actúan como un filtro de seguridad que permite seguir conduciendo sin necesidad de una revocación total del permiso.
A pesar de que el debate está abierto, la DGT ha valorado, pero aún no ha aprobado oficialmente, otras medidas de control. Entre las propuestas evaluadas se encuentran el acortamiento del periodo de vigencia del permiso de cinco a dos años a partir de los 65, así como el endurecimiento del test psicotécnico para reforzar la verificación de aptitudes. Por el momento, estas propuestas no han entrado en vigor, lo que significa que no hay cambios oficiales en los procedimientos de renovación.
En abril de este año, Tráfico daba a conocer que estaba desarrollando “una Estrategia de Seguridad Vial para Mayores” con miras a que se convertiera “en una hoja de ruta para trabajar con las personas mayores y su relación con el entorno vial de modo que, partiendo de datos empíricos y estadísticos, se puedan identificar los desafíos y por tanto, proponer soluciones en forma de recursos, formación y proyectos que faciliten esa labor de concienciación personal y social, que incidan positivamente en la seguridad de los mayores y en su bienestar”.
Y en ese marco publicó la ‘Guía de Consejo Sanitario Vial para el conductor mayor y su entorno próximo’, destacando que “en 2050, 1 de cada 4 personas en Europa tendrá 65 años o más”.
De acuerdo con lo que señala la Dirección General de Tráfico, “en nuestro país no existe límite de edad para seguir conduciendo, pero a partir de los 65 se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso”.
En este sentido, dejan claro que “seguir conduciendo no depende de la edad, sino del estado de las capacidades y aptitudes que tenga el conductor”.
En función de esto, establecen que “a partir de los 65 años y para asegurar que se mantiene intacta la capacidad para conducir, se reduce el periodo de vigencia del permiso de conducir”. La idea no es otra que “aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos”.
De acuerdo con esto los periodos de vigencia máximos de los permisos de conducir serían: 5 años para permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción y de 3 años para permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…).
De igual manera, se indica que “el reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad” y que “es posible es que si durante el reconocimiento médico se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez del permiso será menor”.
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