El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 suspendió este martes un juicio en el que figuraban como acusados un agente de la Policía Local y un vecino de Ceuta. El primero por presunto trato vejatorio en la práctica de una detención, el segundo por atentado.
Ahora se tiene que comunicar el hecho a la Audiencia como competente para juzgar este asunto al tener como implicado a un agente policial.
Los hechos a los que se refiere este caso se produjeron el 4 de abril de este mismo año en la entrada al aparcamiento ubicado en el mercado del centro. Agentes de la Policía se personaron en torno a las 12:30 horas de esa jornada para proceder a la denuncia al conductor de un vehículo de reparto de pescado por un incorrecto estacionamiento.
En ese tiempo no existía plaza de carga y descarga en este punto de acceso a una de las infraestructuras dependientes de la Ciudad Autónoma.
La vista se suspendió en el juzgado de lo Penal
Fue tras esta sanción cuando se produjo el choque de versiones. Por un lado el denunciado es acusado de atentado al mantenerse por parte de la Fiscalía en su calificación inicial que, “guiado por el ánimo de menoscabar el principio de autoridad” y “de menoscabar su integridad corporal”, habría atentado contra el policía local. Por eso se formula acusación y se le pide 2 años de cárcel.
Por otro lado el agente del cuerpo municipal también es denunciado por su intervención en este suceso, en un principio por una detención ilegal y después por trato vejatorio.
Al tratarse de un asunto que es competencia de la Audiencia será la Sala la que tenga que pronunciarse al respecto previa comunicación del Juzgado de lo Penal. El juicio había sido señalado para su celebración en la jornada de este martes, derivándose a su ámbito competencial.