La Ciudad ha desestimado el recurso presentado por la Defensa del aspirante a Policía Local que perdió su plaza después de que se admitiera un error en una puntuación física que llevó a que otra de las aspirantes ocupara su puesto, dentro del proceso de selección de 15 plazas convocadas para la Policía Local de Ceuta.
La respuesta ha sido notificada de manera oficial después de que el pasado septiembre el Bufete de Abogados Cabillas, Duarte&Ruiz presentara un recurso de alzada contra la modificación de esas calificaciones con la que se motivó el cambio en la lista de opositores, defendiendo así los intereses de su patrocinado e iniciando un camino que busca una sola pretensión: que se haga justicia.
Ese camino continúa a pesar de esta respuesta porque queda la vía judicial a la que piensan acudir, en este caso el Contencioso para que sea un juez el que tenga la última palabra, reclamándose la nulidad del procedimiento.
En la notificación firmada por el Negociado de Recursos Humanos y a la que ha tenido acceso este periódico, se hace una relación cronológica de los pasos que se siguieron para la convocatoria de plazas en la Policía Local. Pasos que llevaron a la publicación de un listado en el que aparecía la identidad del ahora denunciante. Todo varió cuando la empresa Ges&Con Chip, contratada por la Ciudad para las mediciones de pruebas físicas, informó de la comisión de errores en el proceso de transcripción de datos en la carrera de resistencia al programa informático utilizado para el cálculo de las puntuaciones obtenidas por los opositores. Esto llevaría a la publicación de un segundo listado del que se cayó el aspirante y que la Ciudad calificó de “definitiva” siendo la única a la que ha dado validez.
En respuesta al recurso presentado y en cuanto a la legalidad de haber admitido la reclamación de la aspirante que finalmente consiguió la plaza de Policía, la Ciudad aclara que “el hecho de que en las bases de una convocatoria no se contemple la posibilidad de interponer reclamaciones o recursos contra determinados actos del Tribunal Calificador, no quiere decir que el hecho de admitirlos vulnere el principio de legalidad”. Indica que “aunque en las bases de la convocatoria no se estableciese la posibilidad de reclamar, cabe impugnar aquellos actos de trámite que producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, debiendo considerarse ajustado a derecho que el Tribunal admitiera la reclamación presentada por la aspirante”.
En cuanto a la modificación que se hizo de su puntuación, también se argumenta en respuesta al recurso presentado que sí podía llevarse a cabo aplicando “el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, que permite que las administraciones públicas puedan rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales”. Añade que el anuncio de julio de 2018 “no contenía ningún nombramiento funcionarial sino simplemente la relación de aspirantes aprobados de la primera fase de oposición libre que continuaban y pasaban a la segunda”.
Recursos Humanos entiende además que el recurso presentado por la aspirante que finalmente logró la plaza se hizo en tiempo y forma. Niega que el perjudicado haya sufrido indefensión ya que “si bien es cierto que no se concedió trámite de audiencia antes” del anuncio final y definitivo, “esto no conlleva que se le haya causado indefensión, ya que ha podido presentar el correspondiente recurso al igual que el resto de opositores. Le ha sido remitido copia de todo lo solicitado”, completa.
Las pruebas físicas de la última promoción de la Policía Local se recordarán por los errores que llevaron a que se produjera este cambio en el listado de seleccionados al Cuerpo. En la respuesta al recurso, la Ciudad valora el servicio prestado por Ges&Con Chip y niega que se haya producido “una mala praxis” por lo que ni siquiera cuestiona la forma en la que desempeñó la labor para la que había sido contratada y que dio pie a esta situación. Resulta curioso que el propio tribunal calificador de provisión de plazas llegara a dejar por escrito la expresión de su malestar con el trabajo de esta empresa por sus errores que tildó de graves.
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